3. Otras disposiciones. . (2023/230-38)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por la que se dispone la Revisión de las Normas Subsidiarias de Ojén (Málaga), junto a su normativa y fichas urbanísticas.
134 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 230 - Jueves, 30 de noviembre de 2023

página 18167/23

para que en el plazo de quince días proceda a corregirla, con la advertencia de que
transcurrido el término de seis meses desde la notificación sin que se haya efectuado la
referida subsanación, se considerará a todos los efectos caducada la solicitud.
Art. 1.4.8. Licencia condicionada a completar la urbanización.
Podrá concederse licencias en parcelas edificables calificadas como Suelo Urbano
que no tengan la condición de solar, cuando se asegure la ejecución simultánea de la
urbanización y edificación en la forma y con los requisitos previstos en los artículos 39,
40 y 41 del Reglamento de Gestión Urbanística.
Art. 1.4.9. Requisitos comunes a las solicitudes de licencia.
1. Las solicitudes se formularán en el impreso oficial correspondiente a cada caso si
existiere, dirigidas al Alcalde y suscritas por el interesado o por la persona que legalmente
le represente con las siguientes indicaciones:
a) Nombre, apellidos, domicilio, circunstancias personales, datos del DNI y calidad en
que obra el firmante cuando se actúe por representación.
b) Nombre, apellidos, domicilio, circunstancias personales y datos del DNI del
interesado cuando se trate de personas físicas. Razón social, domicilio, datos de la
inscripción en el correspondiente registro público y, en su caso, número de identificación
fiscal cuando el solicitante sea una persona jurídica.
c) Situación y superficie de la finca e índole de la actividad, obra o instalación para la
que se solicite la licencia.
d) Las demás circunstancias que, según el tipo de licencia solicitada, se establecen
en los artículos siguientes.
e) Lugar y fecha.
2. Las solicitudes de licencia se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento
o dependencias que con tal carácter se hayan habilitado por el Ayuntamiento.
3. Con las solicitudes de licencia se acompañarán los documentos que según el tipo
de licencia se determinan en los artículos siguientes.
Art. 1.4.10. Licencia de parcelación.
Con la solicitud de licencia de parcelación se acompañará el proyecto de parcelación
que contendrá, como mínimo, los siguientes documentos por duplicado:
a) Memoria en la que se haga referencia al documento que establezca las condiciones
de la parcelación, se describa la finca a parcelar, se justifique jurídica y técnicamente la
operación de parcelación y se describan las parcelas resultantes con expresión de su
superficie y localización.
b) Certificado de dominio y estado de cargas expedido por el Registro de la
Propiedad. Si la finca o fincas no constaren matriculadas se indicará tal circunstancia,
se acompañará el título o títulos que acrediten el dominio y se señalará su descripción
técnica con indicación de su naturaleza, situación, linderos y extensión.
c) Plano de situación o emplazamiento a escala no inferior a 1/2.000.
d) Plano topográfico de información a escala 1/500 en el que se sitúen los linderos de
la finca y se representen los elementos naturales y constructivos existentes, así como las
determinaciones de los Planos de Ordenación vinculantes.
e) Plano de parcelación a la misma escala, con expresión de denominación de las
parcelas, linderos y superficies resultantes.
Art. 1.4.11. Licencias de obras de urbanización.
1. Con la solicitud de licencia de obras de urbanización se acompañarán los siguientes
documentos:
a) Plano de situación a escala no inferior a 1/2.000, por triplicado en el que se
determine la localización de la finca o fincas a que se refiere la licencia.
b) Cédula urbanística, si estuviere implantada, de la finca o fincas referidas.
c) Proyecto de obras redactado por técnico competente y visado por el correspondiente
Colegio Profesional, por triplicado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293198

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía