Disposiciones generales. . (2023/228-3)
Orden de 21 de noviembre 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a las inversiones destinadas a la construcción y equipamiento de nuevas instalaciones de mataderos en la provincia de Cádiz, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 07, Submedida 7.4., Operación 7.4.2). Inversión Territorial Integrada de la provincia de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023

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23. Medidas de información y publicidad, y otras condiciones y obligaciones específicas que deben cumplir y/o adoptar las
personas o entidades beneficiarias (Artículo 24).
23.a) Medidas de información y publicidad.
23.a).1º Medidas de información y publicidad que deben adoptar las personas o entidades beneficiarias:
No se establecen.
Se establecen las siguientes medidas:

Señalizar debidamente en la actuación y hacer constar en toda información o publicidad que se
efectúe de la actividad u objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Junta de
Andalucía a través de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, así como
cofinanciada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de acuerdo con el artículo 18.4
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Al tratarse de una ayuda cofinanciada por FEADER, los
beneficiarios deberán cumplir además las medidas y requisitos de publicidad establecidos en el
Anexo III del Reglamento de ejecución (UE) nº 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014.
Los beneficiarios, para el conocimiento de las medidas y requisitos de publicidad, podrán dirigirse
a la página web de la Autoridad de Gestión en:
https://www.juntadeandalucia.es/economiaconocimientoempresasyuniversidad/fondoseuropeosenandalucia/
comunicacion
Además, todos los materiales, imágenes y documentación utilizados evitarán cualquier imagen
discriminatoria o estereotipos sexistas y deberán fomentar valores de igualdad, pluralidad de roles
y corresponsabilidad entre mujeres y hombres. Se deberán cumplir las disposiciones que sobre
información y publicidad se dicten por la Unión Europea
https://www.juntadeandalucia.es/economiaconocimientoempresasyuniversidad/fondoseuropeosenandalucia/

23.a). 2º Términos y condiciones de publicidad específica en materia de transparencia:

En relación con el procedimiento de contratación y con el fin de dar transparencia a las
actuaciones de la Unión Europea se incluirán los emblemas de la Unión Europea y fondos FEADER o
mención a los mismos en los siguientes documentos:
1. Pliego de cláusulas administrativas particulares.
2. Anuncio de licitación.
3. Contrato.
4. Toda la documentación ofimática corporativa de las instalaciones de mataderos.

23.b) Obligaciones:
23.b).1º Obligaciones de transparencia y suministro de información y términos y condiciones en los que se ha de cumplir:

Las personas o entidades beneficiarias estarán obligadas a suministrar toda la información
necesaria para el cumplimiento por aquélla de las obligaciones previstas en la Ley 1/2014, de 24
de junio, de transparencia pública de Andalucía.

23.b).2º Plazo durante el que se deben conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos y se está
obligado a comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio, de dispositivo electrónico o de dirección de correo electrónico:
Cuatro años desde la fecha del pago final de la ayuda.

23.b).3º Otras obligaciones y condiciones específicas:
No se establecen.
Se establecen las siguientes:

Colaborar con la Administración en el cumplimiento de todos los controles establecidos en la
normativa europea de aplicación, especialmente en el Reglamento de ejecución (UE) nº 809/2014 de la
Comisión de 17 de julio de 2014, así como cualquier otra normativa de aplicación.
A efectos de someter a control la ejecución del gasto en proyectos subvencionados al amparo de esta
Orden, el mantenimiento de dicha inversión subvencionada y el cumplimiento de la normativa
aplicable, el Servicio de Gestión de Ayudas Sectoriales Agroalimentarias de la Dirección General de
Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural o en quien se delegue, podrá efectuar verificaciones in situ a fin de comprobar el
adecuado destino de los fondos a la finalidad para la que fueron concedidos, pudiéndose realizar
visitas de inspección o verificaciones por cualquier medio en los establecimientos o inmuebles
objeto de la subvención, los cuales aportarán cuanta información y documentación les sea requerida
al efecto.

24.- Forma y secuencia de pago (Artículo 25).
24.a) Forma/s de pago:

1.- Pago previa justificación.
2.- Pago anticipado

24.a).1º. Pago previa justificación:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Mínimo del 25 por ciento del gasto total
concedido.
Pago de hasta el 50 por ciento del importe de la
ayuda adjudicada.

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293159

Una sola forma de pago.
Dos
formas de pago.
Supuestos objetivos para determinar la forma de pago en cada caso concreto, cuando se establezca más de una forma de pago:
Forma/s de pago
Supuestos objetivos