Disposiciones generales. . (2023/228-3)
Orden de 21 de noviembre 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a las inversiones destinadas a la construcción y equipamiento de nuevas instalaciones de mataderos en la provincia de Cádiz, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 07, Submedida 7.4., Operación 7.4.2). Inversión Territorial Integrada de la provincia de Cádiz.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023
página 18127/19
(Página 14 de 18)
Pago del 100 % del importe de la subvención, previa justificación, por la persona o entidad beneficiaria, de la realización de la actividad,
proyecto, objetivo o adopción del comportamiento.
Pago fraccionado, mediante pagos a cuenta que responderá al ritmo de ejecución de las actividades subvencionadas, abonándose en la
parte proporcional a la cuantía de la justificación presentada y aceptada.
24.a).2º. Pago anticipado.
Razones justificadas para establecer esta forma de pago:
Razones de interés social y la insuficiencia financiera de las entidades beneficiarias ante la
actual situación de crisis económica justifican el establecimiento de esta forma de pago.
Garantías:
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
Subvención acogida al siguiente supuesto excepcional:
establecido en el artículo:
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
Nº IMPORTE O PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO
únic 50 por ciento
o
MOMENTO O FECHA DE PAGO
PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
DEL PAG0
IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
tras haber llevado a efecto un mes a contar
la formalización del
desde la fecha de
contrato
finalización del
periodo de ejecución
establecido en la
resolución de
concesión.
24.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:
No se establecen.
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:
La entidad beneficiaria deberá tener asociada en GIRO la cuenta bancaria en la que soliciten el
pago de la ayuda. Para ello, los acreedores podrán solicitar a la Dirección General de
Tesorería y Deuda Pública que actualicen sus datos bancarios, o acceder directamente a la
Oficina Virtual de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos en la siguiente
dirección de internet, para realizar las oportunas verificaciones y actualizaciones de sus
datos bancarios en GIRO:
http://www.chap.junta-andalucia.es/haciendayadministracionpublica/ov/general/manten_cuenta.htm
24.c) Compromiso de pago en una fecha determinada:
No se establece el compromiso de pago en una fecha determinada.
Se establece el compromiso de pago en la/s siguientes fecha/s:
24.d) Forma en la que se efectuará el pago:
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona o entidad solicitante haya indicado, previa acreditación de su
titularidad.
Otra forma:
25.- Medidas de garantía en favor de los intereses públicos (Artículo 26):
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
00293159
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023
página 18127/19
(Página 14 de 18)
Pago del 100 % del importe de la subvención, previa justificación, por la persona o entidad beneficiaria, de la realización de la actividad,
proyecto, objetivo o adopción del comportamiento.
Pago fraccionado, mediante pagos a cuenta que responderá al ritmo de ejecución de las actividades subvencionadas, abonándose en la
parte proporcional a la cuantía de la justificación presentada y aceptada.
24.a).2º. Pago anticipado.
Razones justificadas para establecer esta forma de pago:
Razones de interés social y la insuficiencia financiera de las entidades beneficiarias ante la
actual situación de crisis económica justifican el establecimiento de esta forma de pago.
Garantías:
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
Subvención acogida al siguiente supuesto excepcional:
establecido en el artículo:
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
Nº IMPORTE O PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO
únic 50 por ciento
o
MOMENTO O FECHA DE PAGO
PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
DEL PAG0
IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
tras haber llevado a efecto un mes a contar
la formalización del
desde la fecha de
contrato
finalización del
periodo de ejecución
establecido en la
resolución de
concesión.
24.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:
No se establecen.
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:
La entidad beneficiaria deberá tener asociada en GIRO la cuenta bancaria en la que soliciten el
pago de la ayuda. Para ello, los acreedores podrán solicitar a la Dirección General de
Tesorería y Deuda Pública que actualicen sus datos bancarios, o acceder directamente a la
Oficina Virtual de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos en la siguiente
dirección de internet, para realizar las oportunas verificaciones y actualizaciones de sus
datos bancarios en GIRO:
http://www.chap.junta-andalucia.es/haciendayadministracionpublica/ov/general/manten_cuenta.htm
24.c) Compromiso de pago en una fecha determinada:
No se establece el compromiso de pago en una fecha determinada.
Se establece el compromiso de pago en la/s siguientes fecha/s:
24.d) Forma en la que se efectuará el pago:
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona o entidad solicitante haya indicado, previa acreditación de su
titularidad.
Otra forma:
25.- Medidas de garantía en favor de los intereses públicos (Artículo 26):
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
00293159
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja