5. Anuncios. . (2023/228-65)
Anuncio de 20 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, por el que se hace público el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en Granada.
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Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023

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• Se adoptarán medidas para minimizar las emisiones de polvo y partículas, tales como
realizar las operaciones de excavación, carga y descarga de materiales susceptibles de
producir emisiones de polvo en días con condiciones atmosféricas tales como una baja
velocidad del viento, días y horas poco soleadas y calurosas.
• Se procederá al entoldado de los camiones para evitar en parte las emisiones de
polvo y otros contaminantes atmosféricos durante el transporte y la descarga.
Protección acústica.
• El ruido puede ocasionar malestar en las personas y alterar la conducta de los
animales, por lo que se deben considerar las siguientes medidas:
• Deberá desarrollarse para el control de las emisiones acústicas derivadas del
desarrollo de la Innovación un programa de medidas «in situ» que permita comprobar
que las medidas adoptadas han sido correctas conforme el programa descrito en el
apartado 8.2 del estudio acústico del documento de aprobación provisional sometido a
Declaración Ambiental.
• Conforme al artículo 25.2 del Reglamento, la asignación de usos globales y usos
pormenorizados del suelo en los instrumentos de planeamiento urbanístico tendrá en
cuenta el principio de prevención de los efectos de la contaminación acústica y velará por
el cumplimiento de los objetivos de calidad establecidos en el Reglamento. Igualmente,
en el artículo 28.4 del Reglamento la ubicación, orientación y distribución interior de los
edilicios destinados a los usos más sensibles desde el punto de vista acústico, entre los
que se incluyen el educativo o cultural, se planificará con vistas a minimizar los niveles
de inmisión en los mismos, adoptando diseños preventivos y suficientes distancias de
separación respecto a las fuentes de ruido más significativas, y en particular, del tráfico
rodado.
• Los usos e instalaciones más ruidosas (atracciones) se ubicarán preferentemente
junto al Puente Aliatar, ya que es la principal fuente de contaminación acústica en la
situación actual. Igualmente, las casetas con música se localizarán junto al perímetro
este, a la mayor distancia posible de viviendas.
• Se recomienda la incorporación de criterios de protección acústicos en la
Ordenanza Municipal de regulación de las actividades del Recinto Ferial, en especial
para las actividades con equipos de reproducción musical, que tendrán la obligación de
instalar los correspondientes limitadores acústicos para evitar la afección sonora sobre
las viviendas más cercanas.
• Control del ruido de vehículos a motor. Se propone incrementar los controles
acústicos sobre los vehículos y motocicletas para garantizar que sus emisiones sonoras
cumplan con la legislación vigente. Las medidas de prevención tratan de evitar que se
produzcan episodios de contaminación acústica en el municipio, tratando de que las
nuevas actividades y hábitos de comportamiento cumplan los requisitos establecidos en
la normativa vigente:
• Formación permanente a los agentes de la Policía Local en materia acústica.
• Campañas de sensibilidad ciudadana.
• Cumplimiento del Código Técnico de la Edificación DBHR.
• Contaminación lumínica.
• El planeamiento urbanístico adaptará sus determinaciones a las previsiones
establecidas en el R.D. 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus
Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07 (RDEE).
• El Proyecto de Urbanización recogerá que las instalaciones de alumbrado exterior
reúnan las condiciones técnicas de diseño, ejecución y mantenimiento para la mejora de
la eficiencia y ahorro energético recogidas en el citado Real Decreto.
4.5. Medidas relativas al medio hídrico.
• Cualquier actuación que se pretenda realizar en Dominio Público Hidráulico
necesitará contar con autorización previa por parte de este Organismo de Cuenca.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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