5. Anuncios. . (2023/228-65)
Anuncio de 20 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, por el que se hace público el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en Granada.
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Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023

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fin de presentar en cada momento la menor superficie de terrenos poco compactados
respetando la capacidad operacional de la obra.
• Los cambios de aceite y mantenimiento de la maquinaria durante la fase de
construcción que puedan implicar derrame de aceite o gasóleo se realizarán en talleres
autorizados o parques de maquinaria habilitados al efecto y entregándose a gestor
autorizado de Residuos Peligrosos.
• Una vez finalizada la fase de urbanización, se restaurarán todos los lugares que
se han utilizado para paso de maquinaria. Se descompactarán los terrenos y los suelos
contaminados por vertidos accidentales serán rápidamente retirados y almacenados
sobre pavimentos impermeabilizados, y serán gestionados por una empresa gestora de
residuos debidamente autorizada por organismos competentes.
Fauna.
• Las obras, construcciones o instalaciones deben respetar las limitaciones
establecidas en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad,
así como en la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres.
Vegetación.
• En las zonas verdes de nueva creación se emplearán algunas especies arbóreas
y arbustivasalóctonas no invasoras, acorde a lo dispuesto en el Real Decreto 630/2013,
de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras,
en combinación conlas autóctonas, pero siempre se dará preferencia a estas últimas. La
utilización de especies autóctonas lleva aparejada una mayor probabilidad de éxito, así
como un menor coste de mantenimiento.
• De acuerdo con la disposición transitoria quinta del Real Decreto 630/2013,
de 2 de agosto, los ejemplares de las especies de plantas incluidas en el catálogo en
posesión de particulares o ubicados en parques urbanos, jardines públicos o jardines
botánicos, adquiridos antes de la entrada en vigor de este real decreto, podrán seguir
siendo mantenidos por sus propietarios, localizados en recintos ajardinados, con límites
definidos, y siempre que los ejemplares no se propaguen fuera de estos límites. En este
supuesto, los poseedores adoptarán medidas de prevención adecuadas para evitar
la propagación de los citados ejemplares al medio natural o seminatural y no podrán
comercializar, reproducir ni ceder los ejemplares. En el caso de aquellos ejemplares de
especies del catálogo localizados en parques o jardines públicos, especialmente los
localizados en el dominio público hidráulico, las administraciones competentes eliminarán
progresivamente, en los casos en que esté justificado, estas especies.
• Asimismo, en el diseño y ejecución de las zonas verdes que se contemplen en el
Proyecto de Urbanización, no se recomienda la creación de espacios con césped debido a su
exigente cuidado y la gran cantidad de agua necesaria para su mantenimiento. En el diseño
de zonas ajardinadas se deberá optar por la implantación de especies herbáceas tapizantes
adaptadas al régimen climático mediterráneo y resistentes a condiciones de sequía.
Paisaje.
• Una vez finalizado el uso de las instalaciones auxiliares durante la fase de
urbanización, se procederá a su total desmantelamiento y a la limpieza y desescombro
del área afectada, procediéndose al traslado de los residuos a un vertedero controlado.
Yacimientos Arqueológicos.
• Aunque no se ha previsto ninguna afección del patrimonio arqueológico, se estará a lo
dispuesto en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía. La
aparición de hallazgos casuales de restos arqueológicos en cualquier punto de la Comunidad
Autónoma deberá ser notificado inmediatamente a la Consejería de Cultura o al Ayuntamiento
correspondiente, quien dará traslado a dicha Consejería en el plazo de 5 días.
4.4. Medidas relativas al medio atmosférico.
Prevención de los COx y NOx.
• Se humedecerán los materiales productores de polvo cuando las condiciones
climatológicas sean desfavorables durante las obras de ejecución, y se procederá al
riego periódico de caminos de acceso y acopios de tierra.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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