5. Anuncios. . (2023/228-65)
Anuncio de 20 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, por el que se hace público el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023

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2. Carreteras.
En relación a las afecciones de la carretera autonómica A-4154 (Priego de Córdoba-Loja)
que discurre en el borde del sistema general, será preceptivo retranquearse a la delimitación
del dominio público de carreteras, a fin de su exclusión y calificación como suelo no urbanizable
de especial protección, quedando sujeto dicho ámbito a los siguientes condicionantes:
• El Dominio Público Viario existente (según obras ejecutadas del Proyecto de
Construcción «Nuevo Puente sobre el Río Genil y paso del ferrocarril en Loja») y el
Dominio Público Viario proyectado(según el Proyecto de Construcción aprobado «Mejora
de intersección en la carretera A-4154 a su paso por el municipio de Loja») se clasificarán
como Suelo No Urbanizable de Especial Protección por Legislación Específica (artículo 46
de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía), y se
excluirá del ámbito de expropiación forzosa previsto para la obtención de suelo municipal.
• A efectos de explotación de la carretera A4154, se delimitan en el documento de
aprobacióndefinitiva las zonas de Protección de la carretera A4154.
• A efectos de explotación de la carretera A-4154, se incluyen expresamente los siguientes
preceptos de la LCA.
- Teniendo en cuenta que el tramo de carretera A-4154 afectado por la actuación
no tiene la consideración de «tramo urbano», según los artículos 62.1 y 62.2 de
la LCA, cualquier actuación permitida en las zonas de protección de las carreteras,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293140

Cuarta. Se deberá aportar en el expediente de autorización, por parte del promotor
de las actuaciones, unadeclaración responsable ante este Organismo de Cuenca, en el
que se exprese claramente que se conoce y asume el riesgo existente y las medidas de
protección civil necesarias.
Quinta. Por parte del Ayuntamiento de Loja se deberán estudiar medias de protección
frente al riesgo de inundación o bien, en caso de que no resulten viables, redactar y
aprobar un plan de emergencia frente a inundaciones teniendo en cuenta medias
para la disminución de vulnerabilidad y autoprotección frente a las inundaciones en
aquellas zonas donde sea preciso, debiendo aportarlo en el expediente de autorización
correspondiente.
Sexta. Se deberá aportar título concesional por parte del Ayuntamiento de Loja, dentro
del expediente de autorización de las actuaciones que se pretendan realizar en desarrollo
de la Innovación solicitada, en le que se recoja que estos terrenos están incluidos dentro
de la zona regable de la comunidad de regantes a la que hacen mención en su escrito
y que además los usos previstos en la Innovación están recogidos dentro de dicho título
concesional.
Así mismo se recogen los condicionantes del informe emitido con fecha 17/09/19 por
parte del Servicio del Dominio Público Hidráulico y Calidad de aguas:
a) Cualquier obra que se lleve a cabo en la zona de policía del río Genil deberá contar
con la autorización expresa de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
b) Las construcciones o edificaciones (restaurantes y equipamientos de carácter
deportivo y cultural) que se prevean en este espacio deberán ubicarse fuera de la zona
de flujo preferente, de acuerdo con el artículo 9 bis del Reglamento de Dominio Público
Hidráulico.
c) Las construcciones o edificaciones (restaurantes y equipamientos de carácter
deportivo y cultural) que se prevean en este espacio deberán ubicarse así mismo fuera
de los terrenos inundables de periodo de retorno de 50 años de acuerdo con el artículo 14
del Plan de Prevención de Avenidas e Inundaciones en Cauces Urbanos Andaluces.
d) Todos los documentos que se elaboren en desarrollo de la innovación, modificación
puntual de espacios libres y equipamientos en Avda. de España junto al puente Aliatar en
Loja (Granada) deben ser informados por la Administración Hidráulica Andaluza (art. 42
de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas).