5. Anuncios. . (2023/227-65)
Anuncio de 20 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, relativa a la resolución sobre subsanación, inscripción y publicación del Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de Jabugo. CP-045/2022.
175 páginas totales
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 227 - Lunes, 27 de noviembre de 2023

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Artículo 113. Suelo afectado por la legislación sobre protección de recursos
hidrológicos.
1. Legislación específica.
- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Aguas.
- Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del
Dominio Público Hidráulico que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del
texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de
20 de julio.
- Ley 10/2001, de 5 de julio, por la que se aprueba el Plan Hidrológico Nacional.
- Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico
del Guadalquivir y del Guadiana.
- Real Decreto 1/2016, de 24 de julio, por el que se aprueba la Revisión de la parte
española de la demarcación hidrográfica del Guadiana.
2. Cauces, riberas y márgenes.
a) Definiciones.
El álveo o cauce natural de una corriente continua o discontinua es el terreno cubierto
por las aguas en las máximas crecidas ordinarias.
Se entiende por riberas las fajas laterales de los cauces públicos situados por encima
del nivel de las aguas bajas.
Se entiende como márgenes los terrenos que lindan con los cauces.
b) Régimen de utilización y uso del suelo.
En el Dominio Público Hidráulico conformado, según se define en el art. 2 del
reglamento citado, será preceptivo obtener autorización /concesión previa del organismo
de cuenca para el uso o las obras (arts. 51 al 77, 126 al 127 y 136 del citado Reglamento).
El Reglamento de Dominio Público Hidráulico establece una zona de servidumbre de
5 metros de anchura para uso público, y una zona de policía de 100 metros de anchura en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292955

c. R
 .D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica).
d. R
 .D. 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el reglamento
electrotécnico de baja tensión y sus instrucciones complementarias.
e. N
 ormas Particulares y Condiciones Técnicas de Seguridad de Endesa
Distribución, S.L.U., aprobadas por Resolución de 5 de mayo de 2005, de la
Dirección General de Industria, Energía y Minas.
f. Instrucción de 14 de octubre de 2004, de la DGIEyM, sobre previsión de cargas
eléctricas y coeficientes de simultaneidad en áreas de uso residencial y áreas de
uso industria
g. Ley 1/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
h. D
 ecreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se modifica el Anexo 1 de la Ley
7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
i. D
 ecreto 178/2006 de 10 de octubre, por el que se establecen normas de
protección contra la avifauna.
j. R
 eglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y
sus instrucciones técnicas complementarias EA·Ol a EA·07, aprobado por RD
1890/2008, de 14 de noviembre.
k. D
 ecreto 357/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la
protección de la calidad del cielo nocturno frente a la contaminación lumínica y
el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética.
l. R
 eal Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la
protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.