5. Anuncios. . (2023/227-65)
Anuncio de 20 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, relativa a la resolución sobre subsanación, inscripción y publicación del Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de Jabugo. CP-045/2022.
175 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 227 - Lunes, 27 de noviembre de 2023

página 17934/49

Artículo 56. Contenido de los proyectos de urbanización.
1. Los proyectos de urbanización estarán constituidos por los documentos dispuestos
por la legislación urbanística, con el detalle y complementos que requiera la completa
definición ejecutiva de las obras comprendidas en el mismo.
2. Incluirán, en todo caso, los documentos siguientes:
a) Memoria, la cual ofrecerá una visión general de todas las obras recogidas en el
proyecto, presentará la documentación legal sobre la que se base el mismo y que justifica
su redacción y ofrecer una exposición clara y concluyente de la adecuación del proyecto
a los planeamientos que sirvieron de base a su redacción.
Se desglosará en los siguientes capítulos: Memoria descriptiva y Memoria justificativa.
a. M
 emoria descriptiva. Contendrá la exposición y justificación de los criterios en que
se basa el estudio, indicará los datos previos y métodos de cálculo, cuyo detalle
y desarrollo incluirá en anejos separados. Quedarán justificadas las soluciones
adoptadas en sus aspectos técnicos y económicos y las características de todas
y cada una de las obras proyectadas.
b. M
 emoria justificativa o anexos a la memoria Contendrá los criterios e hipótesis
que justifican los elementos constructivos proyectados, debiendo detallarse
cuantos cálculos ha sido preciso realizar para justificar la capacidad o resistencia
de las soluciones adoptadas.
b) Planos, los cuales recogerán la información necesaria para definir las obras objeto
del proyecto. Podrá desglosarse en los siguientes capítulos: Planos de información y
Planos de proyecto.
a. P
 lanos de información. Se desarrollarán sobre topográfico oficial, a escala
mínima 1:1.000 y con curvas de equidistancia de una (1) metro, referido a las
coordenadas U.T.M. de la red geodésica local, en el que, subdividiéndose en
cuantas hojas sea preciso, se fijen:
- Los límites del Plan que se proyecta ejecutar y la situación de las obras.
- Las construcciones, instalaciones, plantaciones y arbolado existente, con
indicación de los que, por ser incompatibles con el Plan, hayan de derribarse,
talarse o trasladarse.
- Plano de zonificación del planeamiento que ejecuta.
- La situación de las infraestructuras, obras y servicios existentes, debidamente
acotados, así como la red de drenaje natural.
b. P
 lanos de proyecto A escala adecuada y sobre igual base, subdividiéndose en las
hojas que sean necesarias, incluirán aquellos que sea competencia del proyecto
de la siguiente relación:
- Plano de replanteo, sobre base topográfica, que concretará los límites
previstos de los espacios viales, los parques y jardines de uso público y los
espacios abiertos y libres de uso privado, las parcelas para equipamientos de
servicios públicos o de interés social y las previstas para edificación privada.
- Planta, perfiles longitudinales y transversales de la red viaria y peatonal y sus
conexiones externas, secciones tipo y estructuras de firmes.
- Plano topográfico modificado.
- Plantas y alzados de las redes de servicios e infraestructuras que y de las
conexiones externas.
- Planta de señalización viaria y semaforización y detalles de instalaciones.
- Plano de ajardinamiento, arbolado y mobiliario urbano.
- Planos de estructuras y detalles constructivos.
c) Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Expresará las condiciones técnicas,
económicas y administrativas de las obras y servicios y se ajustará a la normativa
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292955

5. Los proyectos de Urbanización deberán cumplir con todo lo especificado en el
art. 171 de estas normas.