5. Anuncios. . (2023/227-65)
Anuncio de 20 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, relativa a la resolución sobre subsanación, inscripción y publicación del Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de Jabugo. CP-045/2022.
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Número 227 - Lunes, 27 de noviembre de 2023

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G) Edificabilidad.
a) Se establece una edificabilidad máxima de 0,75 m²t/m².
b) Se permite el aprovechamiento bajo cubierta sin computar como edificabilidad
siempre que cumplan los siguientes parámetros:
- Su único acceso será directamente desde una escalera que comunique con la
planta inferior.
- El uso permitido será el mismo que la planta directamente inferior o como
secadero, anexos o trastero.
- No se permiten aperturas de huecos en el faldón de cubierta con pendiente hacia
la calle ni en la fachada.
- Se permiten retranqueos y huecos de cubierta hacia los patios interiores.
- La superficie útil máxima será del 50% de la planta inferior.
- La altura máxima de la cumbrera será 3,50 m.
c) Las plantas en sótano no computan edificabilidad hasta que tengan 1 metro de alto
sobre la rasante de la calle.
d) Los balcones volados no computan edificabilidad cuando estos no están cubiertos,
si lo estuvieran, se computaría al 50%.
H) Alturas.
a) Las edificaciones tendrán dos plantas como máximo.
b) La altura máxima se establece en 6,50 m hasta el alero de cubierta. La altura
mínima de planta será de 2,70 m.
c) En general se prohíbe el semisótano, excepto aquellas edificaciones que por la
orografía de las calles permita el acceso a la vivienda a cota de la calle y al mismo tiempo
tener parte del sótano dando a tal calle.
I) Fachadas.
A_ Condiciones Particulares:
a) Los acabados permitidos para fachada serán enfoscado y pintado en color blanco,
o encalado.
b) Se permitirán recercados de hasta 20 cm de ancho y 5 cm de saliente desde
la alineación de fachada en los huecos. Su acabado serán los permitidos en el punto
anterior relativos al conjunto de fachada.
c) Se permitirán zócalos hasta una altura de 70 cm y 5 cm de saliente desde la
fachada. Los acabados de éstos serán:
- Enfoscado pintado en color gris o blanco.
- Encalado pintado en color gris o blanco.
- Baldosa Ornamentada de cemento, comúnmente utilizado en el pueblo, pintado en
color gris o blanco.
- Mortero con chinos o «Agravillado» pintado en color gris o blanco.
B_ Huecos de Fachada:
1. Los huecos de fachada, incluidos los de la planta baja, se separarán de los linderos
medianeros una distancia mínima de cincuenta centímetros. Así mismo la separación
entre dos huecos será de cuarenta centímetros.
2. La proporción de los huecos estará comprendida entre 1,5/3 y 2/3.
3. El porcentaje máximo de huecos de fachada:
- No superará el 30% en fachadas de más de 5 metros.
- En el resto de los casos podrá ser mayor según necesidades del proyecto,
manteniendo un sistema de apertura de huecos coherente y similar a la del
conjunto en el que se integra.
4. La carpintería de los huecos, barandillas y rejas, deberán de ser de colores negros,
grises o verdes oscuros.
C_ Elementos Volados:
1. Se permiten voladizos en balcones no corridos que sobresalgan un máximo de
50 (cincuenta) cm de la línea de fachada. Su ancho máximo no superará cuatro veces el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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