Autoridades y personal. . (2023/226-46)
Resolución de 21 noviembre 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesores Contratados Doctores.
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Número 226 - Viernes, 24 de noviembre de 2023

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5. Desarrollo del concurso.
5.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 bis del Reglamento, consolidada
la lista de concursantes, el Vicerrectorado competente en materia de Profesorado remitirá
la documentación a la Comisión de Selección creada a los efectos de este concurso, que
valorará la capacidad y méritos de los candidatos y candidatas.
5.2. La Comisión de Selección deberá constituirse en el plazo máximo de 1 mes
desde la fecha de publicación de la convocatoria, y después de la publicación de la lista
definitiva de candidatos admitidos.
Los miembros de la Comisión de Selección estarán sujetos a las causas de
abstención y recusación que se establecen en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.3. El día de constitución de la Comisión de Selección será anunciado con antelación
a las/os aspirantes, de forma que, en el mismo acto de constitución, la Comisión adopte
los siguientes acuerdos que se publicarán en los tablones de información del Centro en
que se realice el acto:
1. Fijar y hacer públicos los criterios de valoración de las pruebas previstas que se
utilizarán para la adjudicación de las plazas, antes de que se inicie el acto de presentación
de las/os candidatas/os. Igualmente, será la encargada de realizar la baremación de los
méritos que presente cada uno de las/os candidatas/os en base al baremo aprobado para
Profesor Contratado Doctor.
2. Determinar, siempre dentro de los 5 días naturales siguientes a la constitución, la
fecha, hora y lugar en que se procederá a la celebración de las pruebas orales, que se
realizarán por estricto orden alfabético.
5.4. El procedimiento de selección de las/os concursantes constará de dos fases:
a) Valoración del currículo de las/os candidatas/os, teniendo en cuenta el baremo que
figura en el Anexo I del Reglamento para el Profesor Contratado Doctor. La puntuación
total que se podrá obtener es de 100 puntos, y supondrá el 40% de la puntuación final. La
Comisión dispondrá de cinco días para poder resolver esta fase. La Comisión de Selección
no valorará méritos no acreditados documentalmente, ni méritos que no se encuentren
adecuadamente paginados en función de las bases de convocatoria. Los méritos aportados
serán valorados exclusivamente en los apartados especificados por las/os candidatas/os.
Procede, asimismo, aplicar la afinidad de los méritos de las/os candidatas/os, de
acuerdo con el artículo 8.4.b) del Reglamento.
b) Valoración de la exposición oral de las/os candidatas/os. Las/os candidatas/os
deberán exponer y defender la memoria docente presentada, así como un tema del
programa de una de las asignaturas adscritas al perfil de la plaza, elegido por el candidato
o la candidata. La puntuación máxima de este ejercicio será de 60 puntos. La Comisión
de Selección deberá constatar la idoneidad de las/os aspirantes y su conocimiento de
las asignaturas que constituyan el perfil de la plaza a este concurso. Para ello, tras la
exposición del aspirante, que no podrá superar el límite de una hora, la Comisión de
Selección, si lo estima conveniente, podrá debatir por un tiempo no superior a dos horas
el contenido de las asignaturas, el proyecto docente y el tema defendido. Esta fase del
procedimiento será pública.
5.5. Concluidas las dos fases del procedimiento anterior, la Comisión de Selección
elevará a la Comisión de Contratación de la Universidad, un listado con la relación,
por orden de prelación, de aquellos aspirantes que, de acuerdo con las puntuaciones
otorgadas en cada una de las fases anteriores, se juzguen idóneos para la provisión de la
plaza convocada. La Comisión de Contratación, regulada en el artículo 9 del Reglamento,
actuará, entonces, de conformidad con el artículo 10 del mismo.
5.6. Agotada la actuación de la Comisión de Contratación, la presidencia de la misma
remitirá a la mayor brevedad posible la propuesta de contratación junto al expediente
del candidato seleccionado, por conducto interno, al Vicerrectorado competente en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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