Autoridades y personal. . (2023/226-46)
Resolución de 21 noviembre 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesores Contratados Doctores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Viernes, 24 de noviembre de 2023

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6. Nombramientos y acuerdos rectorales de contratación, presentación de documentos e
incorporación de los aspirantes adjudicados.
6.1. A continuación se dará traslado a la Sra. Rectora Magfca. de la Universidad de
Huelva a efectos de su aprobación, dictándose la resolución del concurso que se hará
pública en la ya citada página web y en el Tablón Electrónico Oficial (TEO), publicación
que servirá de notificación a los interesados a todos los efectos. Dicha publicación tendrá
carácter de notificación a las/os adjudicatarias/os de las plazas, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, por lo que no se efectuará notificación personal
alguna. El mismo carácter tendrán las distintas publicaciones que en el Tablón Electrónico
Oficial (TEO) de la Universidad de Huelva se haga de los acuerdos y resoluciones a que
dé lugar esta convocatoria.
Contra esa resolución cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo de Huelva, de conformidad con los artículos 8.3 y 46.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
en relación con el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, o bien potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la
Sra. Rectora Magfca. a tenor de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación. En este caso,
no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la
resolución expresa o la desestimación presunta del de reposición.
6.2. A partir de la publicación de la resolución rectoral por la que se adjudica la plaza
en el Tablón Electrónico Oficial (TEO), el interesado, en el plazo de 15 días hábiles,
podrá formalizar su contrato con esta Universidad. Expirado dicho plazo improrrogable,
el adjudicatario decaerá en su derecho, recayendo la adjudicación de la plaza en el
suplente, si lo hubiera, siguiendo el orden decreciente de puntuación.
La vigencia de la propuesta de la Comisión de Contratación en cuanto a la sustitución
en caso de cese o renuncia será de 2 meses a contar desde la fecha del primer contrato.
En caso de que no hubiere candidata/o suplente, el Vicerrectorado con competencias
en materia de Profesorado procederá a declarar la plaza desierta.
6.3. En el acto de la firma del contrato las/os adjudicatarias/os de las plazas aportarán
la siguiente documentación:
a) Deberán aportar los originales del DNI, del título académico y de la acreditación
para su compulsa en el momento del contrato.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado
para el ejercicio de la función pública (se facilitará impreso a la firma del contrato).
c) Número de afiliación a la Seguridad Social, en su caso (fotocopia del documento de
afiliación a la S.S.).
d) Datos bancarios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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materia de Profesorado (Área de Ordenación Académica) que la publicará, suponiendo la
notificación a los interesados a todos los efectos.
Frente a las propuestas de contratación, las/os candidatas/os podrán interponer
recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante la Sra. Rectora Magfca. de la Universidad
de Huelva, cuya resolución agotará la vía administrativa, sin que su interposición paralice
el desarrollo de los trámites del concurso.
La documentación aportada al concurso por las/os candidatas/os que no hayan sido
objeto de adjudicación podrá devolverse a los interesados, si éstos así lo solicitan, una vez
finalizado el proceso del concurso y cuando haya expirado el plazo para la presentación
de recursos.