3. Otras disposiciones. . (2023/225-63)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio de Procuradores de los Tribunales de Sevilla y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 225 - Jueves, 23 de noviembre de 2023

página 17886/12

i) Organizar un servicio de atención de quejas o reclamaciones presentadas por sus
colegiados.
j) Organizar actividades y servicios de interés para los colegiados de índole profesional,
formativa, cultural, médico-profesional, y otros análogos, o la colaboración, en su caso,
con instituciones de este carácter, así como para la cobertura de responsabilidades
civiles contraídas por los profesionales en el desempeño de su actividad.
k) Desarrollar cuantas otras funciones y servicios redunden en beneficio de los
intereses profesionales de los colegiados.
Artículo 21. Del arbitraje y mediación institucionales.
El ICPSE impulsará y desarrollará la mediación, así como desempeñará funciones
de mediación y arbitraje, en los asuntos que le sean sometidos, de conformidad con lo
establecido en la legislación vigente.

Artículo 23. Ventanilla única.
El ICPSE dispondrá de los medios de comunicación electrónica, así como de una
página web, para que, a través de la ventanilla única, los profesionales puedan realizar
todos los trámites necesarios para la colegiación, su ejercicio y su baja en el Colegio, a
través de un único punto, por vía electrónica y a distancia.
A través de esta ventanilla única, los profesionales podrán, de forma gratuita:
a) Obtener toda la información y formularios necesarios para el acceso a la actividad
profesional y su ejercicio.
b) Presentar toda la documentación y solicitudes necesarias, incluyendo la de la
colegiación.
c) Conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que tenga
consideración de interesado y recibir la correspondiente notificación de los actos de
trámite preceptivos y la resolución de los mismos por el Colegio, incluida la notificación
de los expedientes disciplinarios.
d) En todo caso, a través de ventanilla única los colegiados pueden ser convocados
a las Juntas Generales ordinarias y extraordinarias, así como tener conocimiento de la
actividad pública y privada del Colegio.
Asimismo, a través de la mencionada ventanilla única, el Colegio ofrecerá el acceso
al registro de colegiados y al registro de sociedades profesionales, así como información
sobre las vías de reclamación y recursos que podrán interponerse en caso de conflicto
entre el consumidor y un colegiado o el colegio profesional, los datos de las asociaciones
de consumadores y usuarios a las que los destinatarios de los servicios profesionales
pueden dirigirse para obtener asistencia y el contenido del código deontológico, todo ello
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292903

Artículo 22. Servicio de atención a consumidores y usuarios.
1. El ICPSE velará por la protección de los intereses de los consumidores y usuarios.
2. A estos efectos, dispondrá de un servicio de atención a aquellos, que
necesariamente tramitará y resolverá cuantas quejas y reclamaciones referidas a la
actividad colegial o profesional de los colegiados se presenten por cualquier consumidor
o usuario que contrate los servicios profesionales de sus colegiados, así como por
asociaciones y organizaciones de consumidores y usuarios en su representación o en
defensa de sus intereses.
3. Las quejas y reclamaciones podrán presentarse por vía electrónica y a distancia.
El Colegio resolverá sobre la queja o reclamación según proceda: bien informando sobre
el sistema extrajudicial de resolución de conflictos, bien remitiendo el expediente a los
órganos colegiales competentes para instruir los oportunos expedientes informativos
o disciplinarios, bien archivando o bien adoptando cualquier otra decisión según
corresponda. Las decisiones siempre serán motivadas.