Disposiciones generales. . (2023/223-1)
Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se regula y se convoca el procedimiento para la selección de los Grupos de Desarrollo Rural Candidatos y la concesión de la ayuda preparatoria para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Leader en concurrencia competitiva, la selección de las mismas y el reconocimiento de los Grupos de Desarrollo Rural en el marco 2023-2027.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Martes, 21 de noviembre de 2023
página 17735/34
corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, a través de lo previsto
en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/informacion-institucional-organizativa/
organizacion-institucional/paginas/oficina-contra-fraude.html
b) Al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA), de la Intervención
General de la Administración del Estado, en cumplimiento de las recomendaciones de la
Oficina Nacional de Coordinación Antifraude del Ministerio de Hacienda y Función Pública
establecidas en su Comunicación 1/2017, de 6 de abril, que se encuentra accesible en la
página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por medios
electrónicos, a través del canal habilitado por dicho servicio en la siguiente dirección
electrónica:
http://www.igae.pap.minhafp.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx
c) Ante la Oficina Europea de Lucha contra el fraude (OLAF), conforme al Reglamento
(UE, Euratom) n.º 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre
de 2013, relativo a las investigaciones realizadas por la Oficina Europea de Lucha contra
el Fraude (OLAF) y demás normativa al respecto. Es posible dirigirse a la OLAF por
medio de los siguientes canales:
1.º El enlace: https://fns.olaf.europa.eu/main_es.htm
2.º Por carta a: Comisión Europea, Oficina Europea de Lucha contra el Fraude
(OLAF), Investigaciones y Operaciones B-1049 Bruselas, Bélgica
3.º Correo electrónico: OLAF-COURRIER@ec.europa.eu
4.º Teléfono gratuito: +32-2-298.65.38
Asimismo, se tendrá en cuenta lo establecido en los planes antifraude establecidos o
que pudieran establecerse y que le resultara de aplicación.
2. Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica
9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12
de octubre de 2017, la Fiscalía Europea será competente para investigar y ejercer la
acusación en relación con las causas por los delitos tipificados en los preceptos previstos
en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
CAPÍTULO III
Procedimiento de selección de las Estrategias de Desarrollo Local Leader y de reconocimiento
de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía en el marco 2023-2027
Artículo 37. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo máximo de presentación de la solicitud para participar en el procedimiento
de selección de las Estrategias de Desarrollo Local y de reconocimiento de Grupo de
Desarrollo Rural de Andalucía en el marco 2023-2027 será de 10 días a contar desde
el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la Estrategia de Desarrollo
Local establecido en el artículo 27.1.a).
2. Serán inadmitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera de plazo. La
resolución de inadmisión será notificada personalmente en los términos del artículo 43 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292750
Artículo 36. Requisitos de las entidades solicitantes.
Se podrán presentar al procedimiento de selección de las Estrategias de Desarrollo
Local y de reconocimiento de Grupo de Desarrollo Rural en el marco 2023-2027
las asociaciones que hayan sido reconocidas como Grupos de Desarrollo Rural
Candidatos, mediante Resolución de la Dirección General de Industrias, Innovación y
Cadena Agroalimentaria, que hayan presentado una Estrategia de Desarrollo Local de
conformidad con el procedimiento previsto en el Capítulo II y que cumplan los requisitos
exigidos en el artículo 4.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Martes, 21 de noviembre de 2023
página 17735/34
corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, a través de lo previsto
en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/informacion-institucional-organizativa/
organizacion-institucional/paginas/oficina-contra-fraude.html
b) Al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA), de la Intervención
General de la Administración del Estado, en cumplimiento de las recomendaciones de la
Oficina Nacional de Coordinación Antifraude del Ministerio de Hacienda y Función Pública
establecidas en su Comunicación 1/2017, de 6 de abril, que se encuentra accesible en la
página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por medios
electrónicos, a través del canal habilitado por dicho servicio en la siguiente dirección
electrónica:
http://www.igae.pap.minhafp.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx
c) Ante la Oficina Europea de Lucha contra el fraude (OLAF), conforme al Reglamento
(UE, Euratom) n.º 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre
de 2013, relativo a las investigaciones realizadas por la Oficina Europea de Lucha contra
el Fraude (OLAF) y demás normativa al respecto. Es posible dirigirse a la OLAF por
medio de los siguientes canales:
1.º El enlace: https://fns.olaf.europa.eu/main_es.htm
2.º Por carta a: Comisión Europea, Oficina Europea de Lucha contra el Fraude
(OLAF), Investigaciones y Operaciones B-1049 Bruselas, Bélgica
3.º Correo electrónico: OLAF-COURRIER@ec.europa.eu
4.º Teléfono gratuito: +32-2-298.65.38
Asimismo, se tendrá en cuenta lo establecido en los planes antifraude establecidos o
que pudieran establecerse y que le resultara de aplicación.
2. Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica
9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12
de octubre de 2017, la Fiscalía Europea será competente para investigar y ejercer la
acusación en relación con las causas por los delitos tipificados en los preceptos previstos
en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
CAPÍTULO III
Procedimiento de selección de las Estrategias de Desarrollo Local Leader y de reconocimiento
de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía en el marco 2023-2027
Artículo 37. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo máximo de presentación de la solicitud para participar en el procedimiento
de selección de las Estrategias de Desarrollo Local y de reconocimiento de Grupo de
Desarrollo Rural de Andalucía en el marco 2023-2027 será de 10 días a contar desde
el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la Estrategia de Desarrollo
Local establecido en el artículo 27.1.a).
2. Serán inadmitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera de plazo. La
resolución de inadmisión será notificada personalmente en los términos del artículo 43 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292750
Artículo 36. Requisitos de las entidades solicitantes.
Se podrán presentar al procedimiento de selección de las Estrategias de Desarrollo
Local y de reconocimiento de Grupo de Desarrollo Rural en el marco 2023-2027
las asociaciones que hayan sido reconocidas como Grupos de Desarrollo Rural
Candidatos, mediante Resolución de la Dirección General de Industrias, Innovación y
Cadena Agroalimentaria, que hayan presentado una Estrategia de Desarrollo Local de
conformidad con el procedimiento previsto en el Capítulo II y que cumplan los requisitos
exigidos en el artículo 4.