3. Otras disposiciones. . (2023/223-28)
Órden de 14 de noviembre de 2023, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa y se publicita delegaciones de competencias de otros órganos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Martes, 21 de noviembre de 2023

página 40038/11

Disposición adicional primera. Publicidad de otras Delegaciones de competencias.
A los efectos de lo previsto en los artículos 9.3 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, y los artículos 102.1 y 108.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, se da publicidad
a la Resolución de la Viceconsejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa, por la que se delegan competencias en diversos órganos
de la Consejería, que figura como Anexo I.
Disposición adicional segunda. Régimen especial del personal adscrito al servicio de
protección y escolta de la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía.
El personal que preste los servicios de protección y escolta de la persona titular
de la Presidencia de la Junta de Andalucía, se considerará adscrito, a los efectos de
autorización de las comisiones de servicio y del abono de las indemnizaciones que por
razón del servicio puedan devengar en el ejercicio de dichas funciones, a la Secretaría
General de la Presidencia.
Disposición adicional tercera. Régimen especial del personal dependiente de la
persona titular de la Consejería y de su Gabinete.
1. El personal dependiente de la persona titular de la Consejería y aquel que se
encuentre adscrito a su Gabinete, se considerarán adscritos, a los efectos de aplicación
de esta orden, a la Viceconsejería.
Disposición transitoria única. Referencias normativas.
Mientras no se produzca la entrada en vigor de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la
Función Pública de Andalucía, las referencias de esta orden a dicha ley se entenderán
realizadas a las materias equivalentes reguladas en la Ley 6/1985, de 28 de noviembre,
de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.
Disposición derogatoria única. Derogación de disposiciones.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan
a lo establecido en la presente orden, y expresamente la Orden de la Consejería de
la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 4 de febrero 2020, por la que se
delegan competencias en diversos órganos de la Consejería y publicita delegaciones de
competencias y delegaciones de firma de otros órganos, a salvo de aquellas competencias
que se refieren a órganos que ya no están adscritos a la Consejería de Presidencia,
Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, que podrán mantener su vigencia
hasta que sean reguladas en la correspondiente orden de delegación de competencias
de la Consejería de la que actualmente dependan.
Disposición final única. Eficacia.
La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía».
Sevilla, 14 de noviembre de 2023
ANTONIO SANZ CABELLO

00292740

Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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