Disposiciones generales. . (2023/222-2)
Orden de 15 de noviembre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para desarrollar soluciones innovadoras frente a la sequía, en el marco del PLAnd Sequía Andalucía y se aprueba la convocatoria para el año 2023.
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Número 222 - Lunes, 20 de noviembre de 2023

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Artículo 19. Órganos competentes.
1. El órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de las
subvenciones objeto de estas bases reguladoras es la Dirección General con
competencias en materia de fomento de la innovación, que actuará por delegación de la
persona titular de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación.
2. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento es la
Dirección General con competencias en materia de fomento de la innovación. Al órgano
instructor le corresponden, además de las funciones de instrucción, la de elaborar, en
su caso, la propuesta provisional de resolución, y la de elevar la propuesta definitiva de
resolución al órgano concedente.
3. Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán
ejercidas por el órgano concedente.
4. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por un órgano colegiado
denominado Comisión de Selección. Las personas integrantes serán nombradas por la
persona titular del órgano instructor. Estará compuesta por las personas integrantes que
se indican a continuación, debiendo nombrarse tanto a las personas titulares como, al
menos, una persona suplente para casos de ausencia, vacante o enfermedad, o para
aquellos en los que haya sido declarada su abstención o recusación de conformidad con
lo previsto en el artículo 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre:
a) Presidencia: una persona funcionaria adscrita al órgano instructor, nombrada a
propuesta de la persona titular de este.
b) Vocalías: dos personas del órgano concedente, preferentemente adscritas al
órgano instructor, designadas por la persona titular del mismo.
c) Secretaría: una persona funcionaria adscrita al órgano instructor.
5. La Comisión de Selección se reunirá cuantas veces sea necesaria, mediante
convocatoria de la Presidencia de esta. En lo no previsto expresamente en estas bases
reguladoras, el funcionamiento de las comisiones se regirá por lo establecido en la
Sección 1.ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
6. Se atribuyen a la Comisión de Selección las siguientes funciones:
a) Revisión inicial de solicitudes.
b) Comprobación de requisitos y condiciones para ser entidad beneficiaria.
c) Revisión de las alegaciones efectuadas por las entidades beneficiarias
provisionales, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 8.
d) Elaboración del informe con el resultado de la valoración efectuada.
7. La evaluación científico-técnica y económico-financiera de los proyectos presentados
será realizada por una comisión técnica de acuerdo con lo establecido en los artículos 5
y 19 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
8. Se atribuyen a la Comisión Técnica las siguientes funciones:
a) Valoración científico-técnica y económico-financiera de los proyectos presentados,
aplicando los criterios de evaluación establecidos en el artículo 25.
b) Analizar la viabilidad económico-financiera y técnica del proyecto.
c) Elaboración del informe técnico de evaluación científico-técnica y económicofinanciera.
d) Revisión de las alegaciones efectuadas por las entidades beneficiarias
provisionales, que afecten a la valoración científico-técnica y/o económico-financiera de
los proyectos presentados.
e) Elaboración del informe de revisión de las alegaciones y reformulaciones.
9. A la Comisión de Selección podrán asistir, como asesores, los miembros de las
comisiones técnicas que hayan coordinado la valoración de las solicitudes que actuarán
con voz, pero sin voto. Asimismo, podrán asistir como personas asesoras, con voz
pero sin voto, otro personal funcionario o experto relacionado con las actuaciones a
seleccionar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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