Disposiciones generales. . (2023/222-2)
Orden de 15 de noviembre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para desarrollar soluciones innovadoras frente a la sequía, en el marco del PLAnd Sequía Andalucía y se aprueba la convocatoria para el año 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Lunes, 20 de noviembre de 2023

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9. El órgano instructor tendrá la competencia para autorizar en su caso la
subcontratación solicitada, que resolverá en el plazo máximo de tres meses desde
la presentación de la solicitud, previo trámite de audiencia a la entidad interesada. El
vencimiento del plazo sin haberse notificado la autorización, legitima a las entidades
interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de
autorización presentada.
10. En el caso de haber presentado una solicitud de autorización de subcontratación
o en el caso de haberse autorizado una subcontratación con una entidad, si la entidad
beneficiaria decidiera finalmente no llevar a cabo la subcontratación con la entidad
previamente solicitada o autorizada para hacerlo con otra, deberá presentar una nueva
solicitud de autorización de subcontratación.
11. En el caso de las entidades que siguen la modalidad de costes marginales, las
subcontrataciones no se consideran financiables.

Artículo 15. Tramitación electrónica y notificaciones.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
la tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases de todos los procedimientos
referidos en estas bases reguladoras.
2. El sistema de identificación y firma electrónica de los interesados deberá cumplir
los requisitos que establecen los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. La realización de las notificaciones implicadas en estas bases reguladoras
se efectuará por medios electrónicos, según lo establecido en el artículo 43 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, y de acuerdo con los requisitos recogidos en el artículo 41
del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos,
aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
4. De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, los actos integrantes del procedimiento de concesión de las ayudas en régimen
de concurrencia competitiva serán objeto de publicación, surtiendo esta todos los efectos
de notificación practicada. Las sucesivas publicaciones se realizarán en la dirección
o sede electrónica del órgano concedente prevista en el artículo 20.3, surtiendo estas
publicaciones los efectos de notificación practicada. Cuando el acto publicado contenga
datos personales, la identificación de las personas afectadas se realizará conforme a lo
previsto en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
5. Al practicar las publicaciones previstas en el apartado anterior se realizará un
aviso de carácter únicamente informativo a las personas y entidades incluidas en la
correspondiente publicación. Este aviso se enviará al dispositivo electrónico y/o a la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 14. Subcontratación con entidades vinculadas.
1. Las entidades vinculadas con una entidad beneficiaria del proyecto podrán
ser subcontratadas siempre que cumplan con lo establecido en el artículo 13 sobre
subcontrataciones.
2. El concepto de vinculación se regula según lo establecido en las siguientes
normativas:
a) Norma de elaboración de las cuentas anuales (NECA) 13.ª «Empresas del grupo,
multigrupo y asociadas» del Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto
1514/2007, de 16 de noviembre. Conforme a la citada norma, el grupo estará formado por
las sociedades del artículo 42 del Código de Comercio y las empresas controladas por
cualquier medio por una o varias personas físicas o jurídicas que actúen conjuntamente o
se hallen bajo dirección única por acuerdos o cláusulas estatutarias.
b) Artículo 68.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
c) Artículo 3.3 del Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17
de junio de 2014, de Exención por Categorías.