Disposiciones generales. . (2023/222-2)
Orden de 15 de noviembre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para desarrollar soluciones innovadoras frente a la sequía, en el marco del PLAnd Sequía Andalucía y se aprueba la convocatoria para el año 2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 222 - Lunes, 20 de noviembre de 2023

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b) El libre acceso a los locales de negocio y demás establecimientos o lugares en que
se desarrolle la actividad subvencionada que permita verificar la realidad y regularidad de
las operaciones financiadas con cargo a la subvención.
c) La obtención de copia o la retención de las facturas, documentos equivalentes
o sustitutivos y de cualquier otro documento relativo a las operaciones en las que se
deduzcan indicios de la incorrecta obtención, disfrute o destino de la subvención.
d) El libre acceso a información de las cuentas bancarias en las entidades financieras
donde se pueda haber efectuado el cobro de las subvenciones o con cargo a las cuales
se puedan haber realizado las disposiciones de los fondos.
4. La negativa al cumplimiento de estas obligaciones se considerará resistencia,
excusa, obstrucción o negativa a los efectos previstos en el artículo 37, sin perjuicio de
las sanciones que, en su caso, pudieran corresponder.
CAPÍTULO II
Características de las subvenciones

Artículo 9. Conceptos subvencionables.
1. Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de
la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del
plazo establecido en la convocatoria y la resolución de concesión. Asimismo, y salvo
la amortización de materiales o instrumentales especiales, se considera gasto realizado
el que ha sido devengado dentro del período de ejecución del proyecto y efectivamente
pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 8. Actuaciones subvencionables.
1. Al amparo de las presentes bases reguladoras, se subvencionarán proyectos de
investigación industrial y/o desarrollo experimental que ofrezcan soluciones tecnológicas
innovadoras para dar respuesta a las necesidades identificadas en el PLAnd Sequía
Andalucía. La propuesta descrita en la solicitud de subvención debe adecuarse a las
necesidades identificadas por la Administración de la Junta de Andalucía que se
especificarán en cada una de las convocatorias.
2. Los proyectos subvencionables deberán corresponderse con la línea de ayudas
denominada «Ayudas a proyectos de investigación y desarrollo» contemplada en el
artículo 5.a) del Decreto 185/2014, de 30 de diciembre. En concreto, deben pertenecer
íntegramente a las categorías «Investigación industrial» y/o «Desarrollo experimental»,
de acuerdo con la definición que se realiza de ambas categorías en el artículo 2 del
decreto anteriormente indicado.
3. Los proyectos subvencionables deberán ejecutarse en Andalucía.
4. El presupuesto mínimo por proyecto es de 250.000 euros.
5. La fecha final de ejecución de los proyectos subvencionados no excederá de
veinticuatro meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de
concesión.
6. La fecha de inicio de los proyectos deberá ser en todo caso posterior a la solicitud
de subvención. Las ayudas reguladas por estas bases deberán tener efecto incentivador,
según la normativa reguladora de las ayudas de estado. Se considerará que las ayudas
tienen efecto incentivador si la actividad subvencionada comienza con posterioridad a la
presentación de la solicitud de subvención. A tales efectos se estará a lo dispuesto en el
artículo 6.2 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y en
los apartados 16.jj y 43 del Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e
innovación (2022/C 414/01).
7. Los proyectos deberán ser viables técnica, económica y financieramente.