5. Anuncios. . (2023/221-75)
Anuncio de 14 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de Toma de Conocimiento, de la Delegada Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de la Subsanación de Deficiencias del Plan General de Ordenación Urbanística de La Carlota y de su Normativa Urbanística.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023

página 17556/82

6.- Tipología de la edificación: Vivienda unifamiliar adosada con parcela mínima de
120 m², ocupación máxima 70%, separación al lindero público de 4 metros y dos (2)
plantas de altura.
Art. 294.- Dotaciones y Cesiones:
* 1.- Dotaciones:
- Sistemas de Espacios libres de dominio público: 4.066 m².
- Dotaciones para Equipamientos: 1.280 m².
- Aparcamientos: Una plaza por cada 100 m² de edificación, que podrán situarse el
50% en el interior de las parcelas.
* 2.- Cesiones: Será objeto de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento de La
Carlota:
- Viales y aparcamientos urbanizados totalmente, así como la infraestructura general
de Electricidad (fuerza y Alumbrado), telecomunicaciones, saneamiento y agua de la
Urbanización.
- Los terrenos destinados a Dotaciones indicados anteriormente.
- El 10% del aprovechamiento respecto al área de reparto resultante en el Sector.
Art. 295.- Iniciativa de desarrollo.
1.- Se redactará un Plan Parcial único por iniciativa pública, mediante el sistema de
«Cooperación».
SUBS PP R9 NOY
Art. 296.- Criterios y objetivos de Ordenación.
1.- Delimitación: El Sector abarca una superficie de 544.040 m². Se ha clasificado
como Suelo Urbanizable con uso Residencial. situada al Sur del Sector PP R7 «Noy-Las
Viñas». Se ha clasificado como Suelo Urbanizable Sectorizado de uso Residencial, de
baja densidad en edificación aislada, planteado como ensanche del Sector PP R7 «NoyLas Viñas», con características asimilables al mismo. La propiedad es diversa.

Art. 298.- Dotaciones y Cesiones:
* 1.- Dotaciones:
1. Sistemas de espacios libres de dominio público. 71.800 m².
2. Equipamiento y Dotaciones Públicas: 13.300 m².
3. Aparcamientos: Una plaza por cada 100 m² de edificación, que podrán situarse el
50% en el interior de las parcelas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292562

Art. 297.- Usos globales y Niveles de intensidad.
1.- Uso: Dominante es el Residencial en vivienda aislada, Áreas Libres y Equipamiento
Comunitario, Docente, Social y Comercial.
Coeficiente de ponderación Vivienda Libre-V.P.O.: 4,10.
2.- Indice de Edificabilidad (m²t/m²s) sobre la superficie total del sector : 0,12.
3.- Aprovechamiento Medio (m²t/m²s): 0,489408746.
4.- La densidad máxima se fija en 5 viv/Ha.
5.- Dotaciones: Como mínimo las establecidas en el cuadro incluido en el Título III de
estas Normas.
6.- Tipología de la edificación: Viviendas unifamiliares aisladas o pareada en dos
plantas, Ordenanzas particulares: (UAS-4*)
Parcela mínima: 1.500 m²/2.500 m².
Ocupación máxima 20%
Separación de la edificación a lindero público: 4 m.
Separación de la edificación a lindero privado: 3 m.
La vivienda pareada se realizará en una única promoción.