5. Anuncios. . (2023/221-74)
Anuncio de 13 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la CTOTU, por el que se aprueba definitivamente la Modificación del PGOU para categorizar como SNU-EP por Planificación Territorial los suelos así considerados por el POTLA del PGOU de Antas (Almería).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023

página 17534/4

comprensivo del proyecto de instrumento de planeamiento y las actuaciones practicadas
en el procedimiento de aprobación municipal.
IV. La innovación de planeamiento general, objeto del presente expediente, se trata de
una innovación al planeamiento de carácter estructural, de conformidad con lo establecido
en el artículo 31.2.b.a) de la LOUA. La tramitación de la presente Innovación se ajusta al
procedimiento previsto en el artículo 32 de la LOUA, en relación con lo dispuesto en el
artículo 36 del referido cuerpo legal.
V. En fecha 2.10.2023, el Servicio de Urbanismo informa favorablemente la presente
modificación del PGOU de Antas para categorizar como SNU-EP por Planificación
Territorial por adecuarse a la normativa sectorial y urbanística de aplicación
Por lo expuesto, formulada por la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda, en virtud de lo establecido en el art. 10.1 del Decreto 36/2014, de 11
de febrero, de conformidad con la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1
de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía y, en aplicación
de esta la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y demás normativa de
aplicación, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería,
por unanimidad de los miembros asistentes con derecho a voto,
ACUERDA
1.º Aprobar definitivamente conforme al artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de 17 de
diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, la Modificación del PGOU de Antas
para categorizar como SNU-EP por Planificación Territorial los suelos así considerados
por el POTLA, por adecuarse a la normativa sectorial y urbanística de aplicación.
2.º Notificar el Acuerdo al Ayuntamiento de Antas, proceder a su depósito e inscripción
en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y
Bienes y Espacios Catalogados, y posterior publicación del acuerdo y contenido normativo
del mismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de
Ordenación Urbanística de Andalucía .
Contra el presente acuerdo, por su condición de disposición administrativa de
carácter general, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación
o publicación, según prevé el artículo 20.3 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, en
relación con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
La Vicepresidenta 2.ª de la CTOTU, Dolores Martínez Utrera.

Normas Urbanísticas:
Las modificaciones contenidas en la presente Modificación Puntual, consistente
en trasladar la Zona de Protección Territorial establecida en el POTLA para el término
municipal de Antas (6.540,33 ha), según:
• 5.889,53 ha como Suelo No Urbanizable de Especial Protección por Planificación
Territorial o Urbanística.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292540

ANEXO II