Disposiciones generales. . (2023/525-1)
Orden de 15 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a Entidades Locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo y ejecución de estrategias locales que promuevan la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral para colectivos en riesgo de exclusión en zonas desfavorecidas en el marco de la Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social (ERACIS), cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus, y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 25 - Jueves, 16 de noviembre de 2023
página 17722/27
25.f) Modalidad de justificación:
25.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
Contenido de la memoria económica justificativa:
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto
será el indicado en el artículo 27.2.a).1ª del Texto Articulado.
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto
será el siguiente.
Razones motivadas para determinar este contenido de la memoria económica justificativa:
En caso de existir costes generales y/o costes indirectos, compensación con un tanto alzado sin
necesidad de justificación:
No.
Sí. Determinaciones:
25.f).2º Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor:
- Alcance de la revisión de cuentas por el auditor:
- Contenido de la memoria económica abreviada:
Persona o entidad beneficiaria obligada a auditar sus cuentas anuales con nombramiento
de otro auditor.
Persona o entidad beneficiaria no obligada a auditar sus cuentas anuales, con designación
de auditor por el órgano concedente.
- El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa por el auditor es subvencionable:
No.
Sí. Hasta el límite de:
25.f).3º Cuenta justificativa simplificada.
Técnica de muestreo que se establece:
25.f).4º Justificación a través de módulos:
- En su caso, concreción de los módulos:
- Forma de actualización, en su caso, de los módulos:
- La concreción de los módulos y de la elaboración del informe técnico se establecerá de forma
diferenciada para cada convocatoria:
Sí.
No.
- Las personas o entidades beneficiarias están obligadas a la presentación de libros, registros y
documentos de trascendencia contable o mercantil:
Sí.
No.
25.f).5º Justificación a través de estados contables:
- Informe complementario por auditor de cuentas:
Sí.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00292736
No.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 25 - Jueves, 16 de noviembre de 2023
página 17722/27
25.f) Modalidad de justificación:
25.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
Contenido de la memoria económica justificativa:
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto
será el indicado en el artículo 27.2.a).1ª del Texto Articulado.
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto
será el siguiente.
Razones motivadas para determinar este contenido de la memoria económica justificativa:
En caso de existir costes generales y/o costes indirectos, compensación con un tanto alzado sin
necesidad de justificación:
No.
Sí. Determinaciones:
25.f).2º Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor:
- Alcance de la revisión de cuentas por el auditor:
- Contenido de la memoria económica abreviada:
Persona o entidad beneficiaria obligada a auditar sus cuentas anuales con nombramiento
de otro auditor.
Persona o entidad beneficiaria no obligada a auditar sus cuentas anuales, con designación
de auditor por el órgano concedente.
- El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa por el auditor es subvencionable:
No.
Sí. Hasta el límite de:
25.f).3º Cuenta justificativa simplificada.
Técnica de muestreo que se establece:
25.f).4º Justificación a través de módulos:
- En su caso, concreción de los módulos:
- Forma de actualización, en su caso, de los módulos:
- La concreción de los módulos y de la elaboración del informe técnico se establecerá de forma
diferenciada para cada convocatoria:
Sí.
No.
- Las personas o entidades beneficiarias están obligadas a la presentación de libros, registros y
documentos de trascendencia contable o mercantil:
Sí.
No.
25.f).5º Justificación a través de estados contables:
- Informe complementario por auditor de cuentas:
Sí.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00292736
No.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja