Disposiciones generales. . (2023/525-1)
Orden de 15 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a Entidades Locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo y ejecución de estrategias locales que promuevan la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral para colectivos en riesgo de exclusión en zonas desfavorecidas en el marco de la Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social (ERACIS), cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus, y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 25 - Jueves, 16 de noviembre de 2023
página 17722/10
e n t r e n a m i e n t o d e habilidades instrumentales, fomento de la formación ocupacional y profesional,
acompañamiento en la inserción laboral y contribución a la prospección laboral; tutorización y
mediación, en coordinación con el Servicio Andaluz de Empleo, en materia de inserción sociolaboral;
acciones de intermediación familia-escuela, en coordinación con los centros educativos, que
contribuyan a la prevención del fracaso escolar, el abandono escolar temprano, así como la mejora
de las competencias sociales de madres/padres y de sus habilidades digitales para la relación con la
administración educativa. Dichas actuaciones siempre serán complementarias a las que desarrolle la
Consejería competente en materia de Educación.
e) Coordinación en la realización y el seguimiento de los itinerarios de inclusión sociolaboral, a través de
espacios de trabajo intersectoriales, donde participen los agentes públicos y privados implicados en el
desarrollo del itinerario de las personas participantes. Se prestará especial atención a la relación con los
servicios de empleo y los centros educativos.
2.- Conceptos subvencionables.
2.a) Conceptos subvencionables:
El importe íntegro de los costes del personal incorporado a los servicios sociales comunitarios para la
ejecución y desarrollo de los Planes Locales de Intervención en Zonas Desfavorecidas. Estos Planes
Locales contribuirán a establecer mecanismos de compensación para que las personas residentes en
Zonas Desfavorecidas puedan acceder a los distintos Sistemas de Protección Social de las
Administraciones, especialmente a los de educación, empleo, vivienda, salud, así como a otros servicios
públicos. Esta compensación se hará, fundamentalmente, a través de la elaboración, realización y
acompañamiento de itinerarios de inclusión social y laboral para personas en situación de exclusión o
vulnerabilidad social.
2.b) Posibilidad de reformulación de solicitudes:
Sí
No
2.c) Posibilidad de solicitar dos o más subvenciones.
No
Sí. Número:
Solo se puede optar a una de ellas
Es posible optar a las siguientes subvenciones: En el supuesto de que las personas o
entidades solicitantes no hayan expresado su opción en plazo, se entenderá que ha
optado por:
3.- Régimen jurídico específico aplicable.
No se establece.
Sí. Con carácter específico, las presentes subvenciones se regirán por las normas que seguidamente se
relacionan:
b) Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y
racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292736
a) Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de
protección de datos).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 25 - Jueves, 16 de noviembre de 2023
página 17722/10
e n t r e n a m i e n t o d e habilidades instrumentales, fomento de la formación ocupacional y profesional,
acompañamiento en la inserción laboral y contribución a la prospección laboral; tutorización y
mediación, en coordinación con el Servicio Andaluz de Empleo, en materia de inserción sociolaboral;
acciones de intermediación familia-escuela, en coordinación con los centros educativos, que
contribuyan a la prevención del fracaso escolar, el abandono escolar temprano, así como la mejora
de las competencias sociales de madres/padres y de sus habilidades digitales para la relación con la
administración educativa. Dichas actuaciones siempre serán complementarias a las que desarrolle la
Consejería competente en materia de Educación.
e) Coordinación en la realización y el seguimiento de los itinerarios de inclusión sociolaboral, a través de
espacios de trabajo intersectoriales, donde participen los agentes públicos y privados implicados en el
desarrollo del itinerario de las personas participantes. Se prestará especial atención a la relación con los
servicios de empleo y los centros educativos.
2.- Conceptos subvencionables.
2.a) Conceptos subvencionables:
El importe íntegro de los costes del personal incorporado a los servicios sociales comunitarios para la
ejecución y desarrollo de los Planes Locales de Intervención en Zonas Desfavorecidas. Estos Planes
Locales contribuirán a establecer mecanismos de compensación para que las personas residentes en
Zonas Desfavorecidas puedan acceder a los distintos Sistemas de Protección Social de las
Administraciones, especialmente a los de educación, empleo, vivienda, salud, así como a otros servicios
públicos. Esta compensación se hará, fundamentalmente, a través de la elaboración, realización y
acompañamiento de itinerarios de inclusión social y laboral para personas en situación de exclusión o
vulnerabilidad social.
2.b) Posibilidad de reformulación de solicitudes:
Sí
No
2.c) Posibilidad de solicitar dos o más subvenciones.
No
Sí. Número:
Solo se puede optar a una de ellas
Es posible optar a las siguientes subvenciones: En el supuesto de que las personas o
entidades solicitantes no hayan expresado su opción en plazo, se entenderá que ha
optado por:
3.- Régimen jurídico específico aplicable.
No se establece.
Sí. Con carácter específico, las presentes subvenciones se regirán por las normas que seguidamente se
relacionan:
b) Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y
racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292736
a) Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de
protección de datos).