Autoridades y personal. . (2023/219-19)
Orden de 9 de noviembre de 2023, por la que se efectúa convocatoria de procedimientos selectivos para el acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en el Cuerpo de Maestros.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Miércoles, 15 de noviembre de 2023
página 17397/27
TÍTULO III
Novena. Procedimiento selectivo de adquisición de nuevas especialidades.
El procedimiento de adquisición de nuevas especialidades del Cuerpo de Profesores
de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Maestros será el mismo que para el acceso,
con las particularidades que se señalan en los apartados siguientes.
9.1. Requisitos.
Además de los exigidos en la base segunda, excepto el apartado c) de la Base 2.2.1,
el personal aspirante deberá reunir los siguientes requisitos específicos:
Para la adquisición de nuevas especialidades del cuerpo de Profesores de Enseñanza
Secundaria:
a) Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
directamente dependientes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, de la Junta de Andalucía.
b) Quienes participen por este turno sólo podrán concurrir a una sola especialidad.
c) No se podrá presentar por este procedimiento a especialidades de las que ya se
sea titular.
Para la adquisición de nuevas especialidades del cuerpo de Maestros:
a) Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros directamente dependientes de
la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, de la Junta de Andalucía.
b) Quienes participen por este turno sólo podrán concurrir a una sola especialidad.
c) No se podrá presentar por este procedimiento a especialidades de las que ya se
sea titular.
9.2. Procedimiento selectivo.
9.2.1. Cuerpo de Maestros.
El sistema para la adquisición de una nueva especialidad para los funcionarios del
Cuerpo de Maestros requerirá la realización de una prueba que consistirá en la exposición
oral de un tema de la especialidad a la que se opta, elegido por el aspirante de entre tres
extraídos al azar por el tribunal.
Los temarios vigentes para el Cuerpo de Maestros para el presente procedimiento
selectivo son los contenidos en la Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, del Ministerio de
Educación y Ciencia para la especialidad de Primaria y en la Orden de 9 de septiembre
de 1993, del Ministerio de Educación y Ciencia para las restantes especialidades.
9.2.2. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
El sistema para la adquisición de una nueva especialidad requerirá la realización de
una prueba que consistirá en la exposición oral de un tema de la especialidad a la que se
opta, elegido por el aspirante de entre los extraídos al azar por el tribunal, proporcional
al número total de temas del temario de cada especialidad atendiendo a los siguientes
criterios:
a) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a
51, deberá elegirse entre cuatro temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá
elegirse entre cinco temas.
Los temarios vigentes para el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria para
el presente procedimiento selectivo, son los que figuran en el apartado 7.1.1 de la base
séptima.
9.2.3 Características de la prueba.
La prueba en las especialidades de idiomas de los Cuerpos de Maestros y de
Profesores de Enseñanza Secundaria deberá realizarse en el correspondiente idioma.
La persona aspirante dispondrá de una hora para la preparación, pudiendo utilizar el
material que considere oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior, por lo que el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292407
PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Miércoles, 15 de noviembre de 2023
página 17397/27
TÍTULO III
Novena. Procedimiento selectivo de adquisición de nuevas especialidades.
El procedimiento de adquisición de nuevas especialidades del Cuerpo de Profesores
de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Maestros será el mismo que para el acceso,
con las particularidades que se señalan en los apartados siguientes.
9.1. Requisitos.
Además de los exigidos en la base segunda, excepto el apartado c) de la Base 2.2.1,
el personal aspirante deberá reunir los siguientes requisitos específicos:
Para la adquisición de nuevas especialidades del cuerpo de Profesores de Enseñanza
Secundaria:
a) Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
directamente dependientes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, de la Junta de Andalucía.
b) Quienes participen por este turno sólo podrán concurrir a una sola especialidad.
c) No se podrá presentar por este procedimiento a especialidades de las que ya se
sea titular.
Para la adquisición de nuevas especialidades del cuerpo de Maestros:
a) Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros directamente dependientes de
la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, de la Junta de Andalucía.
b) Quienes participen por este turno sólo podrán concurrir a una sola especialidad.
c) No se podrá presentar por este procedimiento a especialidades de las que ya se
sea titular.
9.2. Procedimiento selectivo.
9.2.1. Cuerpo de Maestros.
El sistema para la adquisición de una nueva especialidad para los funcionarios del
Cuerpo de Maestros requerirá la realización de una prueba que consistirá en la exposición
oral de un tema de la especialidad a la que se opta, elegido por el aspirante de entre tres
extraídos al azar por el tribunal.
Los temarios vigentes para el Cuerpo de Maestros para el presente procedimiento
selectivo son los contenidos en la Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, del Ministerio de
Educación y Ciencia para la especialidad de Primaria y en la Orden de 9 de septiembre
de 1993, del Ministerio de Educación y Ciencia para las restantes especialidades.
9.2.2. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
El sistema para la adquisición de una nueva especialidad requerirá la realización de
una prueba que consistirá en la exposición oral de un tema de la especialidad a la que se
opta, elegido por el aspirante de entre los extraídos al azar por el tribunal, proporcional
al número total de temas del temario de cada especialidad atendiendo a los siguientes
criterios:
a) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a
51, deberá elegirse entre cuatro temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá
elegirse entre cinco temas.
Los temarios vigentes para el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria para
el presente procedimiento selectivo, son los que figuran en el apartado 7.1.1 de la base
séptima.
9.2.3 Características de la prueba.
La prueba en las especialidades de idiomas de los Cuerpos de Maestros y de
Profesores de Enseñanza Secundaria deberá realizarse en el correspondiente idioma.
La persona aspirante dispondrá de una hora para la preparación, pudiendo utilizar el
material que considere oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior, por lo que el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292407
PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES