Autoridades y personal. . (2023/219-19)
Orden de 9 de noviembre de 2023, por la que se efectúa convocatoria de procedimientos selectivos para el acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en el Cuerpo de Maestros.
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Número 219 - Miércoles, 15 de noviembre de 2023
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3.1.2. El personal aspirante deberá consignar en su solicitud de participación el turno
por el que participa, marcando, en su caso, las casillas de discapacidad intelectual o
enfermedad mental, así como el nombre y código de la especialidad y la provincia por la
que desea concurrir. Esta última opción se respetará siempre que sea posible.
3.1.3. El personal aspirante que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o
superior al 33% por la Administración autonómica de Andalucía y se oponga a la consulta
de datos de discapacidad, a través de los sistemas de consultas proporcionados por la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía al
Sistema Integrado de Servicios Sociales, deberá señalarlo en el apartado correspondiente
de la solicitud.
3.1.4. El personal aspirante que tenga reconocido un grado de discapacidad igual
o superior al 33% y precise adaptación, deberá consignarlo en el lugar indicado de la
solicitud y aportar la documentación que acredite dicha necesidad.
3.1.5. Para dar cumplimiento al requisito previsto en el apartado c) de la base 2.1, todo
el personal aspirante deberá marcar en el formulario de solicitud la casilla habilitada a
tal efecto. El personal aspirante que no posea la nacionalidad española deberá marcar,
además, la casilla correspondiente a la declaración jurada o promesa de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública.
3.1.6. Dado que los puestos objeto de la presente convocatoria tienen contacto
habitual con menores, en caso de oponerse a la consulta de sus datos de delitos sexuales
a través del Registro Central de Delitos Sexuales del Ministerio de Justicia, deberá
acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún
delito contra la libertad e indemnidad sexual.
Los participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar,
además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales
referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida
por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los
delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de
diciembre por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Si el citado
certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su
traducción oficial o jurada realizada por traductor jurado o validada por el consulado u
oficina diplomática correspondiente.
3.2. Documentación acreditativa que se deberá presentar telemáticamente junto con
la solicitud de participación.
3.2.1. Personal aspirante de nacionalidad española.
a) Copia del documento nacional de identidad en vigor, si se opone a la consulta de
los datos de identidad a través de los sistemas de verificación de identidad.
b) El ejemplar para la Administración del documento 046, salvo que presente la
correspondiente autoliquidación y realice el pago de su importe por medios electrónicos o
esté exento del pago de la tasa al tener reconocida una de las condiciones establecidas
en el artículo 256 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, y se acredite suficientemente.
c) Cuando el personal aspirante se oponga a la consulta de los datos de titulación a
través de los sistemas de consulta de titulaciones universitarias y no universitarias del
que dispone el Ministerio de Educación y Formación Profesional, deberá anexar copia del
título alegado como requisito para el ingreso en el cuerpo docente por el que participa en
el procedimiento selectivo (anverso y reverso), o en su defecto, resguardo de expedición
del título. En el caso de que dicha titulación se haya obtenido en el extranjero se deberá
aportar, sin excepción, la correspondiente resolución de homologación del Estado
Español.
d) El personal participante al acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza
Secundaria, deberá presentar una copia de la documentación acreditativa de estar en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292407
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 17397/12
3.1.2. El personal aspirante deberá consignar en su solicitud de participación el turno
por el que participa, marcando, en su caso, las casillas de discapacidad intelectual o
enfermedad mental, así como el nombre y código de la especialidad y la provincia por la
que desea concurrir. Esta última opción se respetará siempre que sea posible.
3.1.3. El personal aspirante que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o
superior al 33% por la Administración autonómica de Andalucía y se oponga a la consulta
de datos de discapacidad, a través de los sistemas de consultas proporcionados por la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía al
Sistema Integrado de Servicios Sociales, deberá señalarlo en el apartado correspondiente
de la solicitud.
3.1.4. El personal aspirante que tenga reconocido un grado de discapacidad igual
o superior al 33% y precise adaptación, deberá consignarlo en el lugar indicado de la
solicitud y aportar la documentación que acredite dicha necesidad.
3.1.5. Para dar cumplimiento al requisito previsto en el apartado c) de la base 2.1, todo
el personal aspirante deberá marcar en el formulario de solicitud la casilla habilitada a
tal efecto. El personal aspirante que no posea la nacionalidad española deberá marcar,
además, la casilla correspondiente a la declaración jurada o promesa de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública.
3.1.6. Dado que los puestos objeto de la presente convocatoria tienen contacto
habitual con menores, en caso de oponerse a la consulta de sus datos de delitos sexuales
a través del Registro Central de Delitos Sexuales del Ministerio de Justicia, deberá
acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún
delito contra la libertad e indemnidad sexual.
Los participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar,
además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales
referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida
por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los
delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de
diciembre por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Si el citado
certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su
traducción oficial o jurada realizada por traductor jurado o validada por el consulado u
oficina diplomática correspondiente.
3.2. Documentación acreditativa que se deberá presentar telemáticamente junto con
la solicitud de participación.
3.2.1. Personal aspirante de nacionalidad española.
a) Copia del documento nacional de identidad en vigor, si se opone a la consulta de
los datos de identidad a través de los sistemas de verificación de identidad.
b) El ejemplar para la Administración del documento 046, salvo que presente la
correspondiente autoliquidación y realice el pago de su importe por medios electrónicos o
esté exento del pago de la tasa al tener reconocida una de las condiciones establecidas
en el artículo 256 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, y se acredite suficientemente.
c) Cuando el personal aspirante se oponga a la consulta de los datos de titulación a
través de los sistemas de consulta de titulaciones universitarias y no universitarias del
que dispone el Ministerio de Educación y Formación Profesional, deberá anexar copia del
título alegado como requisito para el ingreso en el cuerpo docente por el que participa en
el procedimiento selectivo (anverso y reverso), o en su defecto, resguardo de expedición
del título. En el caso de que dicha titulación se haya obtenido en el extranjero se deberá
aportar, sin excepción, la correspondiente resolución de homologación del Estado
Español.
d) El personal participante al acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza
Secundaria, deberá presentar una copia de la documentación acreditativa de estar en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292407
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía