Disposiciones generales. . (2023/214-1)
Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Miércoles, 8 de noviembre de 2023

página 17024/4

Andalucía, se ha tenido en cuenta la integración transversal de la perspectiva de igualdad
de género en la elaboración de la presente orden, garantizando el cumplimiento del
principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito laboral.
Las respectivas convocatorias de subvenciones que se efectúen al amparo de estas
bases reguladoras podrán ser financiadas mediante transferencias de la Administración
del Estado, o mediante cualquier otro fondo adecuado a su finalidad. Su concesión
queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la
resolución de concesión.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General competente en Formación
Profesional para el Empleo y de conformidad con lo establecido en el artículo 118.1 del
Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2012, de 2 de marzo, en el artículo 4.6 del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y en los
artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía,
DISPONGO

Disposición adicional primera. Delegación de competencias.
Se delega en la persona titular de la Dirección General competente en Formación
Profesional para el Empleo la competencia para efectuar la convocatoria de las
subvenciones previstas en la presente orden, mediante resolución, que será publicada en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la que se concretará, al menos, la cuantía
total máxima destinada a esta línea de subvención y, en su caso, dejar sin efecto las
convocatorias que no hayan sido objeto de resolución de concesión, así como suspender
o no realizar las convocatorias futuras, en los términos establecidos en la correspondiente
Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Asimismo, se delega en los órganos relacionados en el apartado 28 del cuadro
resumen la competencia relativa a la aplicación del régimen sancionador en el ámbito de
estas subvenciones, prevista en el artículo 129.1 del Texto Refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292019

Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.
1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas
regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de
las iniciativas de oferta de formación profesional a lo largo de la vida activa dirigida a
personas trabajadoras, desempleadas y ocupadas previstas en la Ley 30/2015, de 9 de
septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en
el ámbito laboral.
2. Las subvenciones que se concedan al amparo de la presente orden tendrán la
consideración de subvenciones públicas y, por lo tanto, se regirán por lo dispuesto en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento
de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás normativa
vigente de general aplicación.
3. Será parte integrante de estas bases reguladoras, el texto articulado de la
Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo
y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de
diciembre), y el correspondiente cuadro resumen relativo a estas subvenciones.