Disposiciones generales. . (2023/213-8)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se establece el régimen de flexibilidades adoptado por la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España, para la campaña 2024.
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Número 213 - Martes, 7 de noviembre de 2023
página 16918/2
favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en
el Plan Estratégico de la Política Agraria Común. En dicha resolución se establecía que
«se estima necesario que las autoridades competentes de las comunidades autónomas
puedan adoptar, lo antes posible, una serie de flexibilidades de los requisitos que se van
a exigir a los potenciales beneficiarios de dichas ayudas, teniendo en cuenta para ello las
necesidades y realidades propias de sus respectivas regiones».
Estas flexibilidades se aplicaron en Andalucía a través de la Resolución de 27 de
octubre de 2022, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que
se establece el régimen transitorio de flexibilidades adoptado por la Comunidad Autónoma
de Andalucía en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios en favor del clima,
el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico
de la Política Agraria Común de España, y se confirmaron en la disposición transitoria
primera de la Orden de 24 de marzo de 2023, por la que se establecen en la Comunidad
Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación y gestión de la solicitud única y
sobre los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad a partir del año 2023,
así como disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos a
la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas de desarrollo rural objeto de inclusión en la
solicitud única.
Posteriormente y ante el agravamiento de la situación de sequía, se publica a nivel
nacional el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas
urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento
de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de
las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público
colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en
episodios de elevadas temperaturas, que en su artículo 14 establece que en aplicación
de las disposiciones europeas y nacionales sobre causas de fuerza mayor, a través del
FEGA, se establecerán los criterios para que, de una forma armonizada, las autoridades
competentes de las comunidades autónomas puedan, de manera excepcional, flexibilizar
determinados requisitos, condiciones de subvencionabilidad y compromisos de las
ayudas de la PAC que no puedan ser cumplidos o asumidos por sus solicitantes por esta
circunstancia ajena a su voluntad, al objeto de que las circunstancias devenidas como
consecuencia de la sequía no representen impedimentos añadidos para la percepción de
dichas ayudas.
Dichos criterios, que permitieron una profundización de las flexibilidades ya
establecidas en octubre de 2022, fueron recogidos por el Fondo Español de Garantía
Agraria (FEGA) en la Circular de Coordinación núm. 8/2023, de 25 de mayo de 2023,
y aplicadas en Andalucía mediante la Resolución de 2 de junio de 2023, conjunta de la
Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados y de la Dirección General de la
Producción Agrícola y Ganadera, por la que se establecen medidas excepcionales para
la campaña 2023 en la gestión, seguimiento y control de la PAC, debido a la situación
excepcional ocasionada por la sequía sufrida en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La situación al inicio de la campaña agrícola 2023/24 sigue siendo extraordinaria, aún
peor que en la campaña 2022/23, partiendo de unas reservas hídricas en mínimos de
este siglo en las diferentes cuencas andaluzas. A esto se une una meteorología adversa,
de manera que en los primeros días de octubre la temperatura media ha superado
el valor máximo registrado en el mismo día de cualquiera de los años del período
1991-2020 y unas precipitaciones concentradas en unos pocos días que no han permitido
una adecuada recarga de la humedad de los suelos .
En efecto, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, las condiciones climatológicas
ocurridas en Andalucía durante el año hidrometeorológico 2023 han sido reflejadas en el
Informe de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de fecha 25 de
octubre de 2023. En el Anexo I del citado informe se presentan en unas tablas resumen
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291914
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 16918/2
favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en
el Plan Estratégico de la Política Agraria Común. En dicha resolución se establecía que
«se estima necesario que las autoridades competentes de las comunidades autónomas
puedan adoptar, lo antes posible, una serie de flexibilidades de los requisitos que se van
a exigir a los potenciales beneficiarios de dichas ayudas, teniendo en cuenta para ello las
necesidades y realidades propias de sus respectivas regiones».
Estas flexibilidades se aplicaron en Andalucía a través de la Resolución de 27 de
octubre de 2022, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que
se establece el régimen transitorio de flexibilidades adoptado por la Comunidad Autónoma
de Andalucía en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios en favor del clima,
el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico
de la Política Agraria Común de España, y se confirmaron en la disposición transitoria
primera de la Orden de 24 de marzo de 2023, por la que se establecen en la Comunidad
Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación y gestión de la solicitud única y
sobre los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad a partir del año 2023,
así como disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos a
la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas de desarrollo rural objeto de inclusión en la
solicitud única.
Posteriormente y ante el agravamiento de la situación de sequía, se publica a nivel
nacional el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas
urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento
de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de
las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público
colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en
episodios de elevadas temperaturas, que en su artículo 14 establece que en aplicación
de las disposiciones europeas y nacionales sobre causas de fuerza mayor, a través del
FEGA, se establecerán los criterios para que, de una forma armonizada, las autoridades
competentes de las comunidades autónomas puedan, de manera excepcional, flexibilizar
determinados requisitos, condiciones de subvencionabilidad y compromisos de las
ayudas de la PAC que no puedan ser cumplidos o asumidos por sus solicitantes por esta
circunstancia ajena a su voluntad, al objeto de que las circunstancias devenidas como
consecuencia de la sequía no representen impedimentos añadidos para la percepción de
dichas ayudas.
Dichos criterios, que permitieron una profundización de las flexibilidades ya
establecidas en octubre de 2022, fueron recogidos por el Fondo Español de Garantía
Agraria (FEGA) en la Circular de Coordinación núm. 8/2023, de 25 de mayo de 2023,
y aplicadas en Andalucía mediante la Resolución de 2 de junio de 2023, conjunta de la
Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados y de la Dirección General de la
Producción Agrícola y Ganadera, por la que se establecen medidas excepcionales para
la campaña 2023 en la gestión, seguimiento y control de la PAC, debido a la situación
excepcional ocasionada por la sequía sufrida en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La situación al inicio de la campaña agrícola 2023/24 sigue siendo extraordinaria, aún
peor que en la campaña 2022/23, partiendo de unas reservas hídricas en mínimos de
este siglo en las diferentes cuencas andaluzas. A esto se une una meteorología adversa,
de manera que en los primeros días de octubre la temperatura media ha superado
el valor máximo registrado en el mismo día de cualquiera de los años del período
1991-2020 y unas precipitaciones concentradas en unos pocos días que no han permitido
una adecuada recarga de la humedad de los suelos .
En efecto, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, las condiciones climatológicas
ocurridas en Andalucía durante el año hidrometeorológico 2023 han sido reflejadas en el
Informe de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de fecha 25 de
octubre de 2023. En el Anexo I del citado informe se presentan en unas tablas resumen
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291914
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía