Disposiciones generales. . (2023/213-8)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se establece el régimen de flexibilidades adoptado por la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España, para la campaña 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Martes, 7 de noviembre de 2023
página 16918/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Con la reforma de la Política Agraria Común (PAC) 2023-2027, se implanta un nuevo
enfoque en el que los Estados Miembros deben establecer los detalles de las
intervenciones o medidas de la nueva PAC, a través de un plan estratégico, partiendo
de una mayor subsidiariedad. Dicho plan ha de agrupar las intervenciones en forma de
pagos directos, las intervenciones en determinados sectores, así como las intervenciones
para el desarrollo rural, y será financiado con cargo a los fondos europeos agrícolas
FEAGA y FEADER.
El 31 de agosto de 2022, la Comisión Europea aprobó el Plan Estratégico de la PAC
(PEPAC) de España, desarrollado mediante Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre,
sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y
el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política
Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y
control.
En la mencionada normativa se regulan las ayudas a los regímenes voluntarios en
favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en
el artículo 31 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda
a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados Miembros en el marco de la
política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo
Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm.
1307/2013.
Estas ayudas se vinculan a prácticas tales como la rotación de cultivos y la siembra
directa en tierras de cultivo; las cubiertas vegetales e inertes en el caso de cultivos
leñosos; la siega sostenible; el establecimiento de islas y márgenes de biodiversidad;
el pastoreo extensivo en los pastos; así como el establecimiento de espacios de
biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.
No obstante, se incorporan determinadas flexibilidades, que permiten a las autoridades
competentes fijar, en determinados supuestos, excepciones a tales exigencias,
flexibilizando por tanto su cumplimiento en atención a determinadas circunstancias que lo
hagan necesario.
En concreto, estas flexibilidades se recogen en el citado Real Decreto 1048/2022, de
27 de diciembre.
La decisión sobre la aplicación de algunas de estas flexibilidades debe realizarse al
inicio de la campaña agraria, pues afecta a las decisiones de siembra de los agricultores,
así como a la planificación de prácticas de cultivo y pastoreo de agricultores y ganaderos.
Así, en la anterior campaña agrícola 2022/23, a principios de octubre de 2022, y dado
que aún no se había aprobado el citado real decreto, se publicó la Resolución de 5 de
octubre de 2022, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. por la que se establece
el régimen transitorio de flexibilidades a adoptar por las autoridades competentes de
las comunidades autónomas en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291914
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Dirección General de Ayudas
Directas y de Mercados, por la que se establece el régimen de flexibilidades
adoptado por la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con las ayudas
a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar
animal (ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agraria
Común de España, para la campaña 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Martes, 7 de noviembre de 2023
página 16918/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Con la reforma de la Política Agraria Común (PAC) 2023-2027, se implanta un nuevo
enfoque en el que los Estados Miembros deben establecer los detalles de las
intervenciones o medidas de la nueva PAC, a través de un plan estratégico, partiendo
de una mayor subsidiariedad. Dicho plan ha de agrupar las intervenciones en forma de
pagos directos, las intervenciones en determinados sectores, así como las intervenciones
para el desarrollo rural, y será financiado con cargo a los fondos europeos agrícolas
FEAGA y FEADER.
El 31 de agosto de 2022, la Comisión Europea aprobó el Plan Estratégico de la PAC
(PEPAC) de España, desarrollado mediante Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre,
sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y
el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política
Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y
control.
En la mencionada normativa se regulan las ayudas a los regímenes voluntarios en
favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en
el artículo 31 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda
a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados Miembros en el marco de la
política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo
Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm.
1307/2013.
Estas ayudas se vinculan a prácticas tales como la rotación de cultivos y la siembra
directa en tierras de cultivo; las cubiertas vegetales e inertes en el caso de cultivos
leñosos; la siega sostenible; el establecimiento de islas y márgenes de biodiversidad;
el pastoreo extensivo en los pastos; así como el establecimiento de espacios de
biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.
No obstante, se incorporan determinadas flexibilidades, que permiten a las autoridades
competentes fijar, en determinados supuestos, excepciones a tales exigencias,
flexibilizando por tanto su cumplimiento en atención a determinadas circunstancias que lo
hagan necesario.
En concreto, estas flexibilidades se recogen en el citado Real Decreto 1048/2022, de
27 de diciembre.
La decisión sobre la aplicación de algunas de estas flexibilidades debe realizarse al
inicio de la campaña agraria, pues afecta a las decisiones de siembra de los agricultores,
así como a la planificación de prácticas de cultivo y pastoreo de agricultores y ganaderos.
Así, en la anterior campaña agrícola 2022/23, a principios de octubre de 2022, y dado
que aún no se había aprobado el citado real decreto, se publicó la Resolución de 5 de
octubre de 2022, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. por la que se establece
el régimen transitorio de flexibilidades a adoptar por las autoridades competentes de
las comunidades autónomas en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291914
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Dirección General de Ayudas
Directas y de Mercados, por la que se establece el régimen de flexibilidades
adoptado por la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con las ayudas
a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar
animal (ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agraria
Común de España, para la campaña 2024.