3. Otras disposiciones. . (2023/212-43)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se publica el Reglamento 4/2022, de 24 de octubre, de la Universidad de Málaga, sobre los estudios de doctorado (modificado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga del 24 de octubre de 2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023
página 16866/34
5. Las observaciones a una tesis, recibidas durante el periodo de exposición pública,
serán remitidas a la comisión académica del correspondiente programa, a quienes hayan
dirigido y tutorizado la tesis, y al doctorando o la doctoranda.
6. En el plazo de siete días después de finalizar el período de depósito, el doctorando
o la doctoranda, y quienes hayan dirigido y tutorizado su tesis, manifestarán por escrito a
la Comisión de Posgrado su decisión de continuar el proceso o paralizarlo. En cualquiera
de los casos, el doctorando o la doctoranda podrá enviar un informe a la Comisión de
Posgrado donde responda a las observaciones realizadas sobre su tesis.
7. Oídos la correspondiente comisión académica, el doctorando o la doctoranda y
quienes hubieran dirigido y tutorizado su tesis, quien presida la Escuela de Doctorado podrá
reclamar al doctorando o la doctoranda los documentos que estime procedentes o exigirle
las modificaciones en la tesis doctoral que considere oportunas para autorizar la defensa.
Artículo 76. Convocatoria del acto de defensa de la tesis.
1. El acto de defensa de la tesis deberá fijarse en el plazo máximo de tres meses
después del día en que finalice la exposición pública. En circunstancias excepcionales
debidamente acreditadas, este plazo podrá ser ampliado por la Comisión de Posgrado.
2. La celebración del acto de defensa será decidida, previa consulta con los demás
miembros del tribunal, por quien lo presida.
3. Con una antelación mínima de quince días naturales, quien ejerza la secretaría del
tribunal notificará la correspondiente convocatoria, haciendo constar el lugar, la fecha y
la hora de celebración del acto de defensa. Esta notificación se hará a la Comisión de
Posgrado, a quien coordine el programa de doctorado, a la Escuela de Doctorado, al
doctorando o la doctoranda y a quienes hayan dirigido y tutorizado la tesis. En caso de
defensa por videoconferencia, indicará la URL pública.
4. La Escuela de Doctorado y el correspondiente programa deberán dar publicidad
adecuada al acto de defensa de la tesis, anunciando la fecha, el lugar y la hora de
celebración del mismo.
5. El acto de defensa de la tesis se realizará en sesión pública, durante el periodo
lectivo previsto en el calendario académico de la Universidad de Málaga y en sus
instalaciones. La Escuela de Doctorado podrá autorizar que el acto de defensa se realice
fuera de dichas instalaciones, siempre que se asegure, en todo momento, el cumplimiento
de los procesos y garantías establecidos en este reglamento.
Artículo 77. Constitución del tribunal.
1. El día fijado para el acto de defensa de la tesis se constituirá el tribunal, con la
presencia de los tres miembros titulares o, en su caso, de quienes los sustituyan.
2. Si no se presentara alguno de los miembros del tribunal, se incorporará a los
suplentes. Si esto no fuera posible, quien presida el tribunal suspenderá el acto de lectura
una vez consultados los restantes miembros del tribunal, fijará una nueva fecha, que
comunicará a la Comisión de Posgrado.
Artículo 79. Celebración del acto de defensa.
1. La defensa de la tesis doctoral comenzará con una exposición oral por parte del
doctorando ola doctoranda, que podrá apoyarse en los medios técnicos que estime
necesarios. Durante esta exposición deberá describir los objetivos, la metodología,
los resultados y las conclusiones de su trabajo, haciendo especial mención de las
aportaciones originales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291861
Artículo 78. Modalidades de celebración del acto de defensa.
1. El acto de defensa de la tesis se celebrará preferentemente de forma presencial.
2. Por causas justificadas y debidamente acreditadas, el acto de defensa podrá
celebrarse de forma semipresencial, con algunos de los miembros del tribunal conectados
por videoconferencia, o totalmente virtual, todo ello de acuerdo con los procedimientos
previstos en este reglamento.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023
página 16866/34
5. Las observaciones a una tesis, recibidas durante el periodo de exposición pública,
serán remitidas a la comisión académica del correspondiente programa, a quienes hayan
dirigido y tutorizado la tesis, y al doctorando o la doctoranda.
6. En el plazo de siete días después de finalizar el período de depósito, el doctorando
o la doctoranda, y quienes hayan dirigido y tutorizado su tesis, manifestarán por escrito a
la Comisión de Posgrado su decisión de continuar el proceso o paralizarlo. En cualquiera
de los casos, el doctorando o la doctoranda podrá enviar un informe a la Comisión de
Posgrado donde responda a las observaciones realizadas sobre su tesis.
7. Oídos la correspondiente comisión académica, el doctorando o la doctoranda y
quienes hubieran dirigido y tutorizado su tesis, quien presida la Escuela de Doctorado podrá
reclamar al doctorando o la doctoranda los documentos que estime procedentes o exigirle
las modificaciones en la tesis doctoral que considere oportunas para autorizar la defensa.
Artículo 76. Convocatoria del acto de defensa de la tesis.
1. El acto de defensa de la tesis deberá fijarse en el plazo máximo de tres meses
después del día en que finalice la exposición pública. En circunstancias excepcionales
debidamente acreditadas, este plazo podrá ser ampliado por la Comisión de Posgrado.
2. La celebración del acto de defensa será decidida, previa consulta con los demás
miembros del tribunal, por quien lo presida.
3. Con una antelación mínima de quince días naturales, quien ejerza la secretaría del
tribunal notificará la correspondiente convocatoria, haciendo constar el lugar, la fecha y
la hora de celebración del acto de defensa. Esta notificación se hará a la Comisión de
Posgrado, a quien coordine el programa de doctorado, a la Escuela de Doctorado, al
doctorando o la doctoranda y a quienes hayan dirigido y tutorizado la tesis. En caso de
defensa por videoconferencia, indicará la URL pública.
4. La Escuela de Doctorado y el correspondiente programa deberán dar publicidad
adecuada al acto de defensa de la tesis, anunciando la fecha, el lugar y la hora de
celebración del mismo.
5. El acto de defensa de la tesis se realizará en sesión pública, durante el periodo
lectivo previsto en el calendario académico de la Universidad de Málaga y en sus
instalaciones. La Escuela de Doctorado podrá autorizar que el acto de defensa se realice
fuera de dichas instalaciones, siempre que se asegure, en todo momento, el cumplimiento
de los procesos y garantías establecidos en este reglamento.
Artículo 77. Constitución del tribunal.
1. El día fijado para el acto de defensa de la tesis se constituirá el tribunal, con la
presencia de los tres miembros titulares o, en su caso, de quienes los sustituyan.
2. Si no se presentara alguno de los miembros del tribunal, se incorporará a los
suplentes. Si esto no fuera posible, quien presida el tribunal suspenderá el acto de lectura
una vez consultados los restantes miembros del tribunal, fijará una nueva fecha, que
comunicará a la Comisión de Posgrado.
Artículo 79. Celebración del acto de defensa.
1. La defensa de la tesis doctoral comenzará con una exposición oral por parte del
doctorando ola doctoranda, que podrá apoyarse en los medios técnicos que estime
necesarios. Durante esta exposición deberá describir los objetivos, la metodología,
los resultados y las conclusiones de su trabajo, haciendo especial mención de las
aportaciones originales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291861
Artículo 78. Modalidades de celebración del acto de defensa.
1. El acto de defensa de la tesis se celebrará preferentemente de forma presencial.
2. Por causas justificadas y debidamente acreditadas, el acto de defensa podrá
celebrarse de forma semipresencial, con algunos de los miembros del tribunal conectados
por videoconferencia, o totalmente virtual, todo ello de acuerdo con los procedimientos
previstos en este reglamento.