3. Otras disposiciones. . (2023/212-43)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se publica el Reglamento 4/2022, de 24 de octubre, de la Universidad de Málaga, sobre los estudios de doctorado (modificado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga del 24 de octubre de 2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023

página 16866/35

2. Cuando la tesis opte a la «Mención internacional», el doctorando o la doctoranda
deberá exponer, al menos, la descripción de resultados y las conclusiones en una de las
lenguas habituales en la comunicación científica y distinta a cualquiera de las lenguas
oficiales en España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, los informes
y los miembros del tribunal se hayan realizado o procedan de un país hispanohablante.
3. Concluida la exposición oral, quien presida el tribunal hará un resumen oral de los
aspectos más relevantes expresados en los informes externos y del informe que detallara
su respuesta a ellos emitido por el doctorando o la doctoranda, que podrá responder a los
aspectos que hubiera destacado quien presida el tribunal.
4. A continuación, los miembros del tribunal expresarán su valoración sobre la tesis
y podrán formular cuantas cuestiones, observaciones, sugerencias y objeciones estimen
oportunas, a las que el doctorando o la doctoranda deberá responder.
5. Los doctores y las doctoras presentes en el acto público podrán intervenir en el
momento y forma que señale quien presida el tribunal.

Artículo 81. Valoración de la tesis.
1. Finalizadas la defensa y la discusión de la tesis doctoral, en la modalidad en la
que se haya presentado, cada miembro del tribunal elaborará un informe razonado de
valoración que incluya las evaluaciones del trabajo escrito y de la exposición y defensa
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291861

Artículo 80. Particularidades del acto de defensa de la tesis doctoral de manera
semipresencial o totalmente virtual.
1. El acto de defensa de la tesis doctoral en la modalidad semipresencial o totalmente
virtual se realizará a través de plataformas autorizadas por la Universidad de Málaga al
objeto de garantizar que se cumple con la normativa de protección de datos.
2. El Servicio de la Escuela de Doctorado comunicará al doctorando o la doctoranda y
a quien ejerza la secretaría del tribunal, la aprobación de la defensa de la tesis mediante
videoconferencia.
3. Todos los miembros del tribunal y el doctorando o la doctoranda deberán declarar su
conformidad para realizar la defensa por videoconferencia, en modalidad semipresencial
o totalmente virtual. Asimismo, deberán aceptar la utilización de la plataforma
proporcionada y manifestar que disponen de los medios tecnológicos necesarios para
participar en el acto de defensa, para el que se podrá contar con el asesoramiento de la
Escuela de Doctorado.
4. Los miembros del tribunal deben manifestar que comprenden el funcionamiento de la
herramienta informática ofrecida para la votación secreta de la calificación de «cum laude».
5. La Universidad de Málaga podrá proporcionar, para los actos de defensa que vayan
a celebrarse de forma semipresencial o totalmente virtual, el apoyo tecnológico para el
acto mismo y para la deliberación y las votaciones del tribunal.
6. El día de la defensa, quien ejerza la secretaría del tribunal citará a los miembros de
este y al doctorado o la doctoranda al menos 15 minutos antes del comienzo de la sesión
pública, para realizar pruebas de conexión y confirmar, asimismo, la identidad de todos. En
el mismo momento se comprobará que tienen acceso a su respectivo correo electrónico y
que pueden participar completa y correctamente en todos los aspectos del acto.
7. Para la calificación de la tesis se habilitará una sala virtual de deliberaciones a la
que accederán solo los miembros del tribunal.
8. El acta de la sesión de valoración de la tesis deberá ser cumplimentada por quien
ejerza la secretaría del tribunal, quien a continuación la enviará en formato PDF a los
demás miembros del tribunal, que la firmarán digitalmente. Quien ejerza la secretaría del
tribunal firmará en lugar de los miembros que no dispusieran de firma electrónica, previa
delegación de firma por parte de estos. Esta delegación de firma se habrá hecho constar
en el impreso de aceptación de la condición de miembro del tribunal.