3. Otras disposiciones. . (2023/212-43)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se publica el Reglamento 4/2022, de 24 de octubre, de la Universidad de Málaga, sobre los estudios de doctorado (modificado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga del 24 de octubre de 2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023

página 16866/26

Artículo 60. Doctorados con la empresa y mención industrial.
1. La Universidad de Málaga promoverá la realización de doctorados con la empresa,
en los que, dentro de un programa de doctorado, los doctorandos o las doctorandas
realicen un trabajo de investigación total o parcialmente en una empresa pública o
privada, o en una administración pública.
2. Con las tesis realizadas en empresas se pretende formar investigadores capacitados
para desarrollar e impulsar las actividades de I+D+i en un entorno empresarial nacional,
y a la vez mejorar la relación de la Universidad de Málaga con dicho sector, poniendo de
relieve el impacto social del doctorado y la transferencia de conocimientos.
3. El plan de investigación y de formación personal deberá abordar un proyecto de
interés empresarial de uno de los dos tipos siguientes:
a) Proyectos de investigación empresarial: estarán orientados a la investigación
planificada o serán estudios encaminados a adquirir conocimientos que puedan ser
útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o que permitan mejorar
considerablemente los ya existentes, incluyendo la construcción de prototipos o el
desarrollo de líneas piloto para la investigación empresarial o industrial.
b) Proyectos de desarrollo experimental: estarán orientados a la adquisición, la
combinación, la configuración y el empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de
índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de
productos, procesos o servicios nuevos o mejorados. El desarrollo experimental podrá
comprender el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios con el objetivo
principal de aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no
estén sustancialmente asentados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291861

2. En virtud del convenio de cotutela, cada universidad reconocerá la validez de la
tesis doctoral defendida en ese marco y se comprometerá a expedir el título de doctor o
doctora.
3. El procedimiento de cotutela deberá cumplir lo siguiente:
a) El doctorando o la doctoranda se matriculará en cada una de las dos universidades.
b) Los requisitos de admisión a los programas de doctorado serán los que se exijan
en ambas universidades.
c) El doctorando o la doctoranda tendrá, al menos, un director o directora de tesis en
cada una de las dos universidades.
d) El tiempo de preparación de la tesis se repartirá entre las dos universidades.
La estancia mínima en cada una de ellas no podrá ser inferior a seis meses y podrá
realizarse de una sola vez o en varios períodos.
e) La tesis se redactará en una lengua aceptada en una de las dos universidades. En
todo caso, ha de incluir el resumen y las conclusiones en uno de los idiomas habituales
para la comunicación científica.
f) Una vez elaborada, el doctorando o la doctoranda depositará la tesis en ambas
universidades. Los requisitos de depósito, publicidad y defensa de la tesis doctoral serán
los que rijan en cada una de las dos universidades.
g) La tesis será objeto de una defensa única en cualquiera de las dos universidades.
Esta disposición deberá ser explicitada por una cláusula del convenio de cotutela. El pago
de los precios públicos de lectura se efectuará en la universidad en la que tenga lugar la
defensa de la tesis.
h) El tribunal ante el que deba defenderse la tesis será designado de común acuerdo
entre las dos universidades, y su composición seguirá la normativa de la universidad en
que tenga lugar el acto de defensa, garantizándose siempre que se cumplen los requisitos
mínimos exigidos por el Real Decreto 576/2023.
i) El archivo y la difusión de la tesis se llevará a cabo en las dos universidades,
conforme a los procedimientos específicos de cada una.