3. Otras disposiciones. . (2023/212-43)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se publica el Reglamento 4/2022, de 24 de octubre, de la Universidad de Málaga, sobre los estudios de doctorado (modificado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga del 24 de octubre de 2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023

página 16866/27

4. Se otorgará la mención de «Doctorado industrial», que figurará en el título de doctor
o doctora, siempre que concurran las siguientes circunstancias:
a) La existencia de un contrato laboral o mercantil del doctorando o la doctoranda
con una empresa del sector público o privado, o con una administración pública, siempre
que no se trate ni de ninguna Universidad ni de una empresa o entidad vinculada o
que colabore con la Escuela de Doctorado de la Universidad de Málaga. De manera
excepcional, se podrá realizar esta mención en cualquiera de estas instituciones, excepto
en las universidades, siempre que el contenido de la tesis sea eminentemente aplicado.
El doctorando o la doctoranda deberá aportar asimismo un certificado de vida laboral.
b) El contrato laboral o mercantil deberá tener una duración mínima de un año y estar
en vigor en el periodo que el estudiante o la estudiante forme parte del programa de
doctorado.
c) El Compromiso de Supervisión del Doctorando deberá contener explícitamente
la referencia al proyecto de investigación empresarial o de desarrollo experimental que
se pretenda realizar desde el inicio o deberá modificarse para tal fin si el estudiante de
doctorado decide optar a la mención industrial con posterioridad.
d) La relación directa entre el proyecto de tesis doctoral y el que vaya a ser desarrollado
por el doctorando o la doctoranda como proyecto en la empresa se acreditará mediante
una memoria realizada por la correspondiente comisión académica y de calidad, que
deberá contar con el visto bueno de quien dirija la Escuela de Doctorado.
e) La existencia de un convenio de colaboración marco entre la Universidad de
Málaga yla empresa o administración pública con que el doctorando o la doctoranda
tenga contrato en vigor, siempre que el proyecto de investigación industrial o de
desarrollo experimental se ejecute en colaboración entre las partes signatarias de dicho
convenio. En el convenio constarán las obligaciones de la Universidad de Málaga y de la
empresa o administración pública, así como el programa de doctorado de que se trate y
el procedimiento de selección de los doctorandos y las doctorandas.
f) Las evidencias que fundamentarán la decisión de conceder o denegar la mención
industrial, serán las que queden registradas en el DAD.
CAPÍTULO VII
Procedimiento de confidencialidad

Artículo 62. Solicitud del procedimiento de confidencialidad.
1. El doctorando o la doctoranda que desee someter su tesis doctoral al procedimiento
de confidencialidad, presentará su solicitud a quien dirija la Escuela de Doctorado y la
acompañará tanto de los informes de quien dirija su tesis y de la correspondiente comisión
académica y de calidad, como de la documentación que acredite la concurrencia de
alguna de las circunstancias excepcionales que justifiquen la aplicación del procedimiento.
2. Quien dirija la Escuela de Doctorado resolverá acerca de la procedencia de tramitar
la presentación y defensa de la tesis doctoral por el procedimiento de confidencialidad
cuando se trate de tesis que hayan sido realizadas en una de las siguientes circunstancias:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291861

Artículo 61. Tesis sometidas a procedimiento de confidencialidad.
1. En circunstancias excepcionales, determinadas por la correspondiente comisión
académica y de calidad, podrá solicitarse la aplicación del procedimiento sometido a
confidencialidad en la tramitación de la tesis doctoral, de modo que se evite la exposición
pública de los resultados protegidos o susceptibles de protección.
2. Las circunstancias excepcionales mencionadas en el apartado anterior pueden ser,
entre otras, la exigencia derivada de convenios de confidencialidad con empresas o la
posibilidad de generación de patentes que recaigan sobre el contenido de la tesis.