3. Otras disposiciones. . (2023/212-43)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se publica el Reglamento 4/2022, de 24 de octubre, de la Universidad de Málaga, sobre los estudios de doctorado (modificado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga del 24 de octubre de 2023).
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023

página 16866/15

3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, se podrán admitir, fuera del
plazo establecido, solicitudes en las que concurran circunstancias excepcionales, como
las presentadas por beneficiarios de contratos predoctorales o becas competitivas de
investigación homólogas.
4. En los programas en los que no se hubiera cubierto la totalidad de las plazas
ofertadas en el plazo que establece el apartado 2 de este artículo, la Escuela de
Doctorado podrá una segunda convocatoria en los que podrán ser aceptados nuevos
doctorandos cuando cumplan los requisitos de cada programa.
5. Los programas de doctorado podrán exigir a sus estudiantes que cursen
complementos deformación, y por tanto que formalicen la matrícula correspondiente a los
mismos.
Artículo 30. Matrícula en los estudios de doctorado.
1. Los doctorandos y las doctorandas se matricularán cada curso académico en la
Escuela de Doctorado de la Universidad de Málaga, hasta que defiendan sus respectivas
tesis doctorales. En los programas interuniversitarios, el convenio establecido entre las
universidades participantes determinará la forma en que se formalizará dicha matrícula.
2. La no formalización de la primera matrícula en el plazo establecido equivaldrá a
la renuncia a la plaza obtenida, por lo que esta quedará disponible para su adjudicación
a otro solicitante, de acuerdo con el procedimiento de matriculación en los estudios de
doctorado de la Universidad de Málaga.
3. Los doctorandos y las doctorandas deberán renovar su matrícula de doctorado
cada curso académico. La no matriculación en un curso académico conllevará la baja
definitiva en el programa, en los términos y con las consecuencias dispuestos en este
reglamento.
Artículo 31. Plazas vacantes.
Concluidos los procedimientos descritos en el artículo anterior, se podrán atender
nuevas solicitudes siempre que hubiera plazas vacantes y se cumplan los requisitos de
admisión establecidos por las respectivas comisiones académicas y de calidad.
CAPÍTULO II

Artículo 32. Régimen de dedicación a tiempo completo.
1. La duración de los estudios de doctorado a tiempo completo será de un máximo de
cuatro años, contados desde la matriculación en el programa hasta la fecha de solicitud
de admisión a trámite de la tesis doctoral.
2. Si transcurrido el plazo de cuatro años no se hubiera presentado la solicitud de
admisión a trámite de la tesis, la correspondiente comisión académica y de calidad podrá
autorizar la prórroga de este plazo por un año más en las condiciones que se hayan
establecido en el correspondiente programa de doctorado.
3. Se considerarán estudiantes con dedicación a tiempo completo a todas las
personas que disfruten de una beca o de un contrato predoctoral competitivo cuya
vinculación con la Universidad de Málaga, o con otra universidad o entidad pública o
privada, implique la realización en exclusiva de una tesis doctoral durante el tiempo de
ejecución de dichas becas o contratos.
4. Cuando el estudiante de doctorado sea una persona con un grado de discapacidad
igual o superior al 33 por ciento la duración de los estudios de doctorado será de un
máximo de seis años a tiempo completo, que podrá ser prorrogado por un año más en
las condiciones que se hayan establecido en el correspondiente programa de doctorado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291861

Permanencia en los programas de doctorado