3. Otras disposiciones. . (2023/212-43)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se publica el Reglamento 4/2022, de 24 de octubre, de la Universidad de Málaga, sobre los estudios de doctorado (modificado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga del 24 de octubre de 2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023

página 16866/12

CAPÍTULO II
Deberes del estudiantado de doctorado, de los tutores y de los directores de tesis

Artículo 26. Deberes de dirección de tesis y tutorización.
Son deberes de quienes dirijan tesis y tutoricen:
a) Suscribir y cumplir, junto con el doctorando o la doctoranda, el Compromiso
Documental de Supervisión previsto en este reglamento.
b) Orientar al doctorando o la doctoranda durante la elaboración de la tesis, supervisar
su trabajo y velar por el cumplimiento de los objetivos fijados.
c) Velar por la adecuación de la formación y de la actividad investigadora del
doctorando la doctoranda a los principios del correspondiente programa y de la Escuela
de Doctorado.
d) Intermediar entre el doctorando o la doctoranda y la correspondiente comisión
académica y de calidad.
e) Emitir los informes que este reglamento les encomienda y aquellos otros que
la Escuela de Doctorado les solicite en relación con la actividad del doctorando o la
doctoranda en el programa de doctorado.
f) Cumplir el código ético de la Universidad de Málaga al que se refieren sus Estatutos,
así como las normas éticas recogidas en los códigos deontológicos aplicables.
g) Someter las controversias que puedan surgir durante la realización de la tesis
doctoral procedimiento de resolución de conflictos aprobado por la Escuela de Doctorado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291861

Artículo 25. Deberes del estudiantado.
Son deberes del estudiantado de la Escuela de Doctorado de la Universidad de
Málaga:
a) Suscribir y cumplir, junto a quienes vayan a dirigir su tesis y tutorizar su trabajo, el
Compromiso Documental de Supervisión (CDS) previsto en este reglamento.
b) Renovar su matrícula en el programa de doctorado cada curso académico.
c) Elaborar, durante el primer curso académico de permanencia en el programa, el
plan de investigación y de formación personal y someterlo anualmente a evaluación, junto
con el plan de actividades del doctorando y los avances de la tesis.
d) Cumplir el código ético de la Universidad de Málaga al que se refieren sus
Estatutos, así como las normas éticas recogidas en los códigos deontológicos aplicables.
e) Respetar las exigencias legales en materia de protección de datos y de
confidencialidad.
f) Informar regularmente a quienes dirijan su tesis y tutoricen su trabajo, de la evolución
de este, los resultados obtenidos, los problemas que se le planteen en su desarrollo, así
como tomar en consideración los comentarios y las sugerencias que reciba.
g) Participar en las actividades de formación organizadas por la Escuela de Doctorado
y por el correspondiente programa de doctorado.
h) Informar a quien dirija su tesis de las iniciativas de movilidad para realizar estancias
en el extranjero, para obtener, si procede, su aval al solicitar la autorización de la comisión
académica y de calidad del programa de doctorado.
i) Llevar a cabo las actividades de formación e investigación programadas por quienes
dirijan su tesis y tutoricen su trabajo.
j) Presentarse a las convocatorias anuales de evaluación previstas en el
correspondiente programa de doctorado.
k) No incurrir en fraude académico en el ejercicio de la investigación, adoptando, en
particular, las medidas necesarias para no incurrir en plagio y respetando los derechos
derivados de la propiedad intelectual e industrial.