3. Otras disposiciones. . (2023/212-43)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se publica el Reglamento 4/2022, de 24 de octubre, de la Universidad de Málaga, sobre los estudios de doctorado (modificado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga del 24 de octubre de 2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023

página 16866/11

4. Corresponderá a la Escuela de Doctorado proponer los criterios para llevar a cabo
la suspensión de un programa de doctorado, salvaguardando a la vez los derechos de su
estudiantado. Estos criterios deben incluir al menos los siguientes aspectos:
a) No admitir matrículas de nuevo ingreso.
b) Suspender gradual y ordenadamente las actividades formativas.
c) Asegurar la impartición de acciones tutoriales y de orientación para el estudiantado
afectado.
d) Garantizar el derecho de los doctorandos y doctorandas matriculados a defender
sus tesis doctorales de acuerdo con los requisitos y plazos previstos en la normativa
reguladora del programa de doctorado suspendido.
TÍTULO TERCERO
DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTADO DE DOCTORADO, DE LOS TUTORES
Y DE DIRECTORES DE TESIS
CAPÍTULO I
Derechos del estudiantado de doctorado, de los tutores y de los directores de tesis

Artículo 24. Derechos del profesorado.
Son derechos de quienes tutoricen y de quienes dirijan tesis doctorales:
a) Participar en las actividades de formación que organice la Escuela de Doctorado o
el correspondiente programa para favorecer el cumplimiento responsable de los deberes
que se le asignan en este reglamento y en las restantes disposiciones vigentes.
b) Ser reconocidas por la Universidad de Málaga las labores de tutorización y dirección
de tesis como parte de su dedicación docente, en los términos que se establezcan en la
normativa de aplicación, conforme a lo establecido en el artículo 12 del R.D. 576/2023.
c) Renunciar a la tutorización o a la dirección de tesis cuando concurra, a juicio de la
Comisión de Posgrado, causa justificada en los términos previstos en este reglamento.
d) Cualesquiera otros que le reconozcan las disposiciones en vigor.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291861

Artículo 23. Derechos del estudiantado.
Son derechos del estudiantado de la Escuela de Doctorado de la Universidad de
Málaga:
a) Recibir una formación investigadora de calidad, que promueva la excelencia científica.
b) Contar con una dirección y una tutorización que, cumpliendo con los requisitos
previstos en este reglamento, orienten su proceso formativo y supervisen la realización
de la tesis doctoral hasta su defensa.
c) Participar en programas y convocatorias de ayudas para la formación investigadora
y para la movilidad nacional e internacional.
d) Participar en los órganos de gobierno de la Universidad de Málaga y, en particular,
de la Escuela de Doctorado de acuerdo con lo dispuesto en la normativa universitaria.
e) Solicitar la sustitución de las personas encargadas de tutorizar y dirigir la tesis
doctoral en los términos previstos en el presente reglamento.
f) Contar con el reconocimiento y la protección de la propiedad intelectual relativos
a los resultados de la tesis doctoral y de los trabajos de investigación previos en los
términos que se establecen en las disposiciones vigentes sobre la materia.
g) Participar en el seguimiento del correspondiente programa de doctorado y en sus
procesos de evaluación institucional, en los términos previstos por las disposiciones
vigentes.
h) Recibir formación sobre las consecuencias de incurrir en fraude académico.
i) Cualesquiera otros que le reconozcan las disposiciones en vigor.