Disposiciones generales. . (2023/212-2)
Orden de 30 de octubre de 2023, por la que se modifica la Orden de 28 de julio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.
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Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023
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de las actividades que conforman el plan de formación aprobado, siempre que de
manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten
estrictamente necesarios y se realicen desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del
año a que se refiera la convocatoria. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos
subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.»
«7. Los gastos directamente imputables a las actividades complementarias
correspondientes a la contratación de servicios con terceras personas para la realización
de dichas actividades estarán limitados al 0,5 por ciento sobre el importe concedido, de
conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 4.4.»
Ocho. El artículo 12 queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 12. Solicitudes.
1. Las solicitudes se ajustarán a los formularios normalizados, disponibles a través
del siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la
Junta de Andalucía: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/
detalle/8726.html, a través de la cual se podrá acceder al portal FEDAP, cumplimentando:
a) Los datos identificativos de la entidad promotora y del representante firmante del
plan y los datos bancarios, con inclusión del código IBAN de la cuenta corriente donde
se pretenda el abono de la subvención solicitada. Dicha cuenta deberá estar de alta en el
Fichero Central de Personas Acreedoras.
b) La indicación sobre si se dispone o no de una dirección electrónica habilitada en
el Sistema de Notificaciones de la Administración de la Junta de Andalucía a efectos
de practicar las notificaciones electrónicas que, en su caso, proceda efectuar. Si no
se dispone de dicha dirección electrónica habilitada se tramitará el alta en el referido
sistema.
c) Una declaración responsable de no hallarse incursa en las circunstancias a que se
refiere el artículo 3.2.
d) Los datos sobre el plan de formación, de conformidad con el artículo 4. En especial
constarán los datos siguientes:
1.º Datos descriptivos de las actividades formativas con el detalle individualizado de
estas, su prioridad, modalidad de impartición, número de ediciones, alumnado
y horas por edición, presupuesto económico y personas destinatarias.
2.º En su caso, los datos relativos a las actividades complementarias, memoria de
cada proyecto con descripción de la actividad, su finalidad y coste.
3.º D
atos económicos del plan de formación, con desglose por conceptos del gasto.
4.º En su caso, los datos relativos a anteriores convocatorias: personas
destinatarias, recursos propios dedicados, fondos subvencionados y recursos
humanos dedicados.
5.º En el caso de los planes agrupados, los datos identificativos de las entidades
que se adhieren, así como el número de efectivos que se adhieren al plan
agrupado.
e) La declaración responsable acerca de la veracidad de todos los datos reflejados en
la solicitud.
f) Una declaración responsable de que cumplen los requisitos exigidos en las
presentes bases reguladoras.
g) Una declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos solicitados y, en su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con
indicación de la entidad concedente, fecha e importe.
h) En su caso, la información precisa para ejercer el derecho a no aportar documentos
que ya se encuentren en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o hayan
sido elaborados por cualquier otra Administración. El órgano instructor podrá consultar o
recabar dichos documentos salvo que la entidad interesada se opusiera a ello, en cuyo
caso estará obligada a aportar los documentos necesarios junto con la solicitud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291870
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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de las actividades que conforman el plan de formación aprobado, siempre que de
manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten
estrictamente necesarios y se realicen desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del
año a que se refiera la convocatoria. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos
subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.»
«7. Los gastos directamente imputables a las actividades complementarias
correspondientes a la contratación de servicios con terceras personas para la realización
de dichas actividades estarán limitados al 0,5 por ciento sobre el importe concedido, de
conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 4.4.»
Ocho. El artículo 12 queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 12. Solicitudes.
1. Las solicitudes se ajustarán a los formularios normalizados, disponibles a través
del siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la
Junta de Andalucía: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/
detalle/8726.html, a través de la cual se podrá acceder al portal FEDAP, cumplimentando:
a) Los datos identificativos de la entidad promotora y del representante firmante del
plan y los datos bancarios, con inclusión del código IBAN de la cuenta corriente donde
se pretenda el abono de la subvención solicitada. Dicha cuenta deberá estar de alta en el
Fichero Central de Personas Acreedoras.
b) La indicación sobre si se dispone o no de una dirección electrónica habilitada en
el Sistema de Notificaciones de la Administración de la Junta de Andalucía a efectos
de practicar las notificaciones electrónicas que, en su caso, proceda efectuar. Si no
se dispone de dicha dirección electrónica habilitada se tramitará el alta en el referido
sistema.
c) Una declaración responsable de no hallarse incursa en las circunstancias a que se
refiere el artículo 3.2.
d) Los datos sobre el plan de formación, de conformidad con el artículo 4. En especial
constarán los datos siguientes:
1.º Datos descriptivos de las actividades formativas con el detalle individualizado de
estas, su prioridad, modalidad de impartición, número de ediciones, alumnado
y horas por edición, presupuesto económico y personas destinatarias.
2.º En su caso, los datos relativos a las actividades complementarias, memoria de
cada proyecto con descripción de la actividad, su finalidad y coste.
3.º D
atos económicos del plan de formación, con desglose por conceptos del gasto.
4.º En su caso, los datos relativos a anteriores convocatorias: personas
destinatarias, recursos propios dedicados, fondos subvencionados y recursos
humanos dedicados.
5.º En el caso de los planes agrupados, los datos identificativos de las entidades
que se adhieren, así como el número de efectivos que se adhieren al plan
agrupado.
e) La declaración responsable acerca de la veracidad de todos los datos reflejados en
la solicitud.
f) Una declaración responsable de que cumplen los requisitos exigidos en las
presentes bases reguladoras.
g) Una declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos solicitados y, en su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con
indicación de la entidad concedente, fecha e importe.
h) En su caso, la información precisa para ejercer el derecho a no aportar documentos
que ya se encuentren en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o hayan
sido elaborados por cualquier otra Administración. El órgano instructor podrá consultar o
recabar dichos documentos salvo que la entidad interesada se opusiera a ello, en cuyo
caso estará obligada a aportar los documentos necesarios junto con la solicitud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291870
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