3. Otras disposiciones. . (2023/211-24)
Resolución del 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se aprueba el procedimiento administrativo de la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Aguilar de la Frontera, provincia de Córdoba.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 211 - Viernes, 3 de noviembre de 2023
página 16751/4
declarado mediante la clasificación, al acto de deslinde ulterior que ajuste lo declarado
a la realidad física del terreno por el que se pretende que la vía pecuaria ha de discurrir,
y bastará con aplicar lo dispuesto en los artículos 8.2 , 3 y 4 de la Ley 3/1995, máximo
cuando el único signo de titularidad municipal es una inscripción catastral a su favor, sin
perjuicio de advertir que dicha ordenanza tampoco habrá de ser tenida por título alguno
de demanialidad local.
La naturaleza demanial de las vías pecuarias deriva de su propia existencia declarada
a través del acto de clasificación con base en los antecedentes disponibles y es con la
subsiguiente potestad del deslinde cuando ya se concretan y definen los límites de la vía
pecuaria, cuando se declara la posesión y titularidad de la vía, de forma que el acto de
deslinde es título suficiente para la inmatriculación y rectificación, las situaciones jurídicas
registrales contradictorias con el deslinde (artículos 8.3 y 4 de la Ley de Vías Pecuarias).
3. Justificación de la orden de inicio.
Como ya ha sido expuesto, la administración andaluza en cumplimiento de lo establecido
en la disposición adicional primera de la Ley de Vías Pecuarias, aborda tras el preceptivo
estudio técnico establecido en el artículo 13 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
la clasificación de las vías pecuarias de Aguilar de la Frontera, en el que consta los
antecedentes sobre la existencia de las vías pecuarias, custodiados en los distintos fondos
documentales consultados y que obran en el expediente administrativo de clasificación.
Las vías pecuarias objeto de clasificación permitirán la conexión territorial con la red
de vías pecuarias de los municipios colindantes, entre ellos Montilla, Monturque, Moriles,
Lucena, Badalatosa, Puente Genil, Santaella y Montalbán.
A mayor abundamiento, las Administraciones Públicas en cumplimiento de lo
establecido en artículo 28 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, están obligadas a proteger y defender su patrimonio. A tal
fin, protegerán adecuadamente los bienes y derechos que lo integran, procurarán su
inscripción registral, y ejercerán las potestades administrativas y acciones judiciales que
sean procedentes para ello.
4. Inexistencia de vías pecuarias, falta de base documental.
El expediente administrativo de clasificación, prueba que la Administración no ha basado
su decisión en un acto de puro voluntarismo, constando diversos actos de instrucción
encaminados a determinar la existencia y trazado de las vías finalmente clasificadas, siendo
la clasificación el resultado de la consulta realizada por la Administración a diferentes
archivos y fondos documentales para probar la existencia de las vías clasificadas, entre
los que figuran el Archivo Histórico Nacional, Sección Mesta, Fondo Documental de Vías
Pecuarias de la Asociación Ganaderos del Reino, extinto Instituto para la Conservación
de la Naturaleza (ICONA), dependiente del entonces Ministerio de Agricultura, Instituto
Geográfico Nacional, Serie Cartográfica histórica del Instituto de Estadística y Cartografía
de Andalucía (IECA) Planos históricos del Instituto Geográfico Nacional (IGN), Catastro
Topográfico Parcelario, año 1945 y Fondo Documental de Vías Pecuarias de la Delegación
Provincial de Córdoba, así como la continuidad de tales Vías con las ya Clasificadas en
otros términos municipales colindantes.
Código
Nombre
Vía pecuaria procedencia
Término
municipal
14002001 Cordel de los Pollos
Montilla
Cordel de los
Puentes de Montilla
Montilla
14002002
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Código
Nombre
Vía pecuaria continuación
Término
municipal
Código
Nombre
Cordel de los
Pollos
Cordel de
14042017
Cantarranas
14042015
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291744
Vía pecuaria Aguilar de la
Frontera
BOJA
Número 211 - Viernes, 3 de noviembre de 2023
página 16751/4
declarado mediante la clasificación, al acto de deslinde ulterior que ajuste lo declarado
a la realidad física del terreno por el que se pretende que la vía pecuaria ha de discurrir,
y bastará con aplicar lo dispuesto en los artículos 8.2 , 3 y 4 de la Ley 3/1995, máximo
cuando el único signo de titularidad municipal es una inscripción catastral a su favor, sin
perjuicio de advertir que dicha ordenanza tampoco habrá de ser tenida por título alguno
de demanialidad local.
La naturaleza demanial de las vías pecuarias deriva de su propia existencia declarada
a través del acto de clasificación con base en los antecedentes disponibles y es con la
subsiguiente potestad del deslinde cuando ya se concretan y definen los límites de la vía
pecuaria, cuando se declara la posesión y titularidad de la vía, de forma que el acto de
deslinde es título suficiente para la inmatriculación y rectificación, las situaciones jurídicas
registrales contradictorias con el deslinde (artículos 8.3 y 4 de la Ley de Vías Pecuarias).
3. Justificación de la orden de inicio.
Como ya ha sido expuesto, la administración andaluza en cumplimiento de lo establecido
en la disposición adicional primera de la Ley de Vías Pecuarias, aborda tras el preceptivo
estudio técnico establecido en el artículo 13 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
la clasificación de las vías pecuarias de Aguilar de la Frontera, en el que consta los
antecedentes sobre la existencia de las vías pecuarias, custodiados en los distintos fondos
documentales consultados y que obran en el expediente administrativo de clasificación.
Las vías pecuarias objeto de clasificación permitirán la conexión territorial con la red
de vías pecuarias de los municipios colindantes, entre ellos Montilla, Monturque, Moriles,
Lucena, Badalatosa, Puente Genil, Santaella y Montalbán.
A mayor abundamiento, las Administraciones Públicas en cumplimiento de lo
establecido en artículo 28 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, están obligadas a proteger y defender su patrimonio. A tal
fin, protegerán adecuadamente los bienes y derechos que lo integran, procurarán su
inscripción registral, y ejercerán las potestades administrativas y acciones judiciales que
sean procedentes para ello.
4. Inexistencia de vías pecuarias, falta de base documental.
El expediente administrativo de clasificación, prueba que la Administración no ha basado
su decisión en un acto de puro voluntarismo, constando diversos actos de instrucción
encaminados a determinar la existencia y trazado de las vías finalmente clasificadas, siendo
la clasificación el resultado de la consulta realizada por la Administración a diferentes
archivos y fondos documentales para probar la existencia de las vías clasificadas, entre
los que figuran el Archivo Histórico Nacional, Sección Mesta, Fondo Documental de Vías
Pecuarias de la Asociación Ganaderos del Reino, extinto Instituto para la Conservación
de la Naturaleza (ICONA), dependiente del entonces Ministerio de Agricultura, Instituto
Geográfico Nacional, Serie Cartográfica histórica del Instituto de Estadística y Cartografía
de Andalucía (IECA) Planos históricos del Instituto Geográfico Nacional (IGN), Catastro
Topográfico Parcelario, año 1945 y Fondo Documental de Vías Pecuarias de la Delegación
Provincial de Córdoba, así como la continuidad de tales Vías con las ya Clasificadas en
otros términos municipales colindantes.
Código
Nombre
Vía pecuaria procedencia
Término
municipal
14002001 Cordel de los Pollos
Montilla
Cordel de los
Puentes de Montilla
Montilla
14002002
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Código
Nombre
Vía pecuaria continuación
Término
municipal
Código
Nombre
Cordel de los
Pollos
Cordel de
14042017
Cantarranas
14042015
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291744
Vía pecuaria Aguilar de la
Frontera