Disposiciones generales. . (2023/210-1)
Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la promoción, la comercialización y la transformación de los productos pesqueros y acuícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
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Número 210 - Jueves, 2 de noviembre de 2023

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A continuación se presenta un listado orientativo de operaciones, siendo el
Programa el documento de referencia:
a) Mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los
productos pesqueros y acuícolas:
1.º Campañas de comunicación y promoción de los productos y la actividad de la
pesca y acuicultura sostenibles, incluyendo campañas de información acerca
de las capturas no deseadas, las capturas no destinadas al consumo humano y
los subproductos generados en tierra.
2.º 
Organización y participación en ferias, congresos, eventos, seminarios y
exposiciones, alquiler de espacios informativos en los mismos.
3.º Promoción de productos con dificultades para su introducción en el mercado.
4.º Proyectos de comunicación y promoción para evaluar o planificar campañas
de promoción de productos y las actividades de la pesca, la acuicultura y la
cadena o la búsqueda de nuevos mercados.
b) Fomento de la comercialización en el marco de la calidad y el valor añadido de
los productos, envases y presentaciones de los productos pesqueros y acuícolas:
1.º 
Promover y favorecer la comercialización de los productos incrementando
su valor añadido mediante sistemas de certificación, valorizando productos y
subproductos, así como desarrollando herramientas técnicas y tecnológicas
que refuercen la trazabilidad y seguridad alimentaria.
2.º Apoyar estudios, análisis, evaluaciones, aplicaciones y desarrollos tecnológicos
e informáticos (hardware y software, entre otros) para el fomento de la calidad,
seguridad alimentaria y el valor añadido de los productos de la pesca y la
acuicultura mediante:
a) La contribución a la transparencia de la producción y los mercados, así como, la
trazabilidad de los productos.
b) El uso de nuevas tecnologías en la comercialización, como el comercio on-line.
c) El fomento e impulso de registro y comercialización de un producto determinado
de conformidad con el Reglamento (UE) núm. 1151/2012 del Parlamento Europeo y
del Consejo, o de productos de la acuicultura ecológica, en virtud del Reglamento
(UE) 2018/848.
d) El fomento de la certificación y comercialización de los productos de la pesca
y la acuicultura sostenibles, incluidos los productos de la pesca costera artesanal y
acuicultura de pequeños operadores.
e) El fomento de la presentación y envasado de productos.
c) Inversiones en comercialización y transformación de los productos de la pesca y
acuicultura:
1.º Inversiones que fomenten la calidad y el valor añadido de los productos.
2.º Inversiones que aumenten la eficiencia energética o reduzcan el impacto en
el medio ambiente, contribuyan a la descarbonización o mejoren la movilidad
sostenible de la distribución de productos de la pesca.
3.º Inversiones que mejoren la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de
trabajo.
4.º 
Inversiones que favorezcan la economía circular mediante la prevención
(ecodiseño y ecoeficiencia), optimización de los procesos y minimización
de los residuos, el aprovechamiento comercial de los capturas no deseadas
y subproductos, uso de descartes para el desarrollo de subproductos,
transformación de capturas de pescado comercial que no puede destinarse
al consumo humano, y transformación de subproductos obtenidos de las
actividades principales de transformación.
5.º Inversiones que fomenten la transformación de productos de la acuicultura
ecológica, en virtud de los artículos 7 y 8 del Reglamento (UE) 2018/848.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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