Disposiciones generales. . (2023/209-7)
Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027.
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Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023

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de Datos -Plataforma de Intermediación-, del Ministerio competente en la materia. En
caso contrario, la persona candidata deberá aportar copia autenticada del título o de la
correspondiente certificación académica.
En el caso de que la persona candidata haya obtenido el título de doctor en una
universidad extranjera y en aquellos otros casos que así se requiera, la persona candidata
deberá aportar copia del título de doctor o doctora o de la certificación académica, con
indicación expresa de la fecha en la que se obtuvo el grado de doctor.
b) En el caso de personas que se acojan a los supuestos contemplados en el artículo
21.2.c). se deberá acreditar conforme a lo siguiente:
1.º En el caso de cuidado de hijos se deberá aportar copia del Libro de Familia o
documento acreditativo de dicha situación.
2.º Incapacidad temporal durante el embarazo por causas vinculadas con el mismo,
suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo o por riesgo durante la lactancia
natural de un/a menor de 9 meses. Se aplicará una ampliación igual al periodo justificado.
Se deberá acreditar mediante copia de los correspondientes partes de baja y alta
expedidos por el Servicio de Salud público o privado correspondiente o de la certificación
del órgano o entidad que conceda la suspensión del contrato laboral o documentos
equivalentes.
3.º Incapacidad temporal por causas distintas a las del punto anterior por un periodo
de, al menos, tres meses consecutivos. Se aplicará una ampliación igual al periodo
justificado. Se deberá acreditar mediante copia de los correspondientes partes de baja y
alta expedidos por el Servicio de Salud público o privado correspondiente o documentos
equivalentes.
4.º Excedencias por cuidado de hijo/a, por cuidado de familiar, por razón de violencia
de género y por razón de violencia terrorista, por un periodo mínimo de tres meses. Se
aplicará una ampliación igual al periodo justificado. Se deberá acreditar mediante copia
de la certificación emitida por la entidad empleadora correspondiente que acredite dicha
situación.
5.º Reducción de jornada por guarda legal, por cuidado directo de familiar, o para
cuidado de menor afectado de enfermedad grave, por un periodo mínimo de tres meses,
calculado en jornadas completas. Se aplicará una ampliación igual al periodo justificado.
Se deberá acreditar mediante copia de la certificación emitida por la entidad empleadora
correspondiente que acredite dicha situación.
6.º Atención a personas en situación de dependencia, con arreglo a lo recogido en
la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, por un periodo mínimo de tres meses. Se aplicará
una ampliación igual al periodo justificado. Se deberá acreditar mediante la presentación
de copia del reconocimiento de la situación de dependencia a la persona beneficiaria de
la misma y aquella que acredite el reconocimiento de dicho beneficiario de la prestación
reconocida en el artículo 18 de la citada ley y el reconocimiento a la persona candidata
como cuidadora.
c) Currículum vitae abreviado (CVA) de la persona candidata. Se cumplimentará
utilizando el currículum vítae abreviado (CVA), conforme al formato disponible en la
página web de esta Consejería o en el que se genera de forma automática desde la
aplicación «Currículum vítae» normalizado disponible en la página web de la Fundación
Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), generando preferiblemente la versión
en idioma inglés.
d) Resto de documentación presentada relativa a los méritos del candidato (trayectoria
internacional, potencial de liderazgo y propuesta de investigación).
e) Documentación acreditativa de los períodos realizados de estancias en
universidades y centros de investigación en el extranjero. Se deberá aportar informe
o certificado del órgano competente de los citados centros indicando la duración de la
estancia, las características de la misma y en los que se justifique mediante un informe
razonado que dichas estancias suponen movilidad internacional en el ámbito de la I+D+I.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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