Disposiciones generales. . (2023/209-7)
Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023

página 16550/42

4. En el caso de que la actuación esté cofinanciada con fondos europeos el
personal beneficiario deberá cumplir los requisitos adicionales que se establezcan en la
correspondiente operación y que se detallarán en la convocatoria.

Artículo 44. Documentación acreditativa de los requisitos y méritos de las personas
participantes.
1. En los correspondientes apartados de la solicitud se deberá incluir la información
y la documentación correspondiente de los requisitos exigidos, así como la información
necesaria para aplicar los criterios de valoración, conforme a lo siguiente:
a) Título de doctor o doctora o certificación académica con indicación expresa de
la fecha en la que se obtuvo el correspondiente grado. En el caso de que la persona
candidata haya obtenido el título de doctor en una universidad española no será necesario
aportar el correspondiente título o certificación académica. La presentación de la solicitud
sin oposición expresa conllevará el consentimiento para que el órgano instructor pueda
consultar y comprobar el título de doctor a través del Servicio de Verificación y Consulta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291544

Artículo 43. Criterios de evaluación de las solicitudes.
1. Las solicitudes de participación de las personas participantes se valorarán de
acuerdo con los siguientes criterios y subcriterios, con una puntuación máxima de 100
puntos:
a) Méritos curriculares del candidato. Hasta 50 puntos, conforme a los siguientes
subcriterios:
1.º Aportaciones científicas. Se valorará la relevancia de los artículos publicados
por la persona candidata y su contribución a los mismos, los libros o capítulos de libros
científicos y técnicos, los trabajos presentados en congresos, actividades de divulgación
científica, las patentes concedidas o licenciadas y, en general, cualquier otra aportación
que permita valorar los diferentes aspectos de la investigación. También se valorará la
colaboración y participación en contratos con empresas y otras entidades de cara a la
transferencia de resultados obtenidos de la investigación. Puntuación: de 0 a 30 puntos.
2.º Participación en actividades de I+D+I internacionales. Se valorará la movilidad
internacional, la participación en programas, proyectos y contratos de ámbito internacional,
así como la obtención de premios, menciones, distinciones y cualquier otra aportación de
alcance internacional. Puntuación: de 0 a 20 puntos.
b) Potencial de liderazgo de la persona candidata. Hasta 20 puntos. Se valorará
el potencial de liderazgo de la candidata preferentemente a través de la dirección de
proyectos, trabajos científicos y contratos de transferencia de conocimiento, así como
aquellos méritos que acrediten la relevancia y conocimiento de su Línea de investigación
(invitación y participación en congresos internacionales para la impartición de conferencias
plenarias premios, menciones y distinciones). Se considerarán especialmente las
candidaturas que demuestren una trayectoria ascendente en su carrera científica de
acuerdo con la independencia, relevancia y liderazgo en la Línea de investigación que
presente.
c) Impacto de la propuesta de investigación a desarrollar por la persona candidata.
Hasta 30 puntos. Se valorará el interés científico-técnico, el impacto y la viabilidad
de la propuesta de investigación de la persona candidata, así como su potencial de
internacionalización.
2. En el caso de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el
empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en el criterio
a) del apartado anterior. Si persistiera el empate se priorizará la solicitud con mayor
puntuación en el criterio b) del apartado anterior. Si persistiera el empate, se resolverá
aplicando criterios de equilibrio de género. Si finalmente se mantuviera el empate, se
resolverá por aplicación del criterio que determine motivadamente la Comisión de
Selección.