Disposiciones generales. . (2023/209-7)
Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027.
46 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023

página 16550/40

e) Documentación acreditativa de los períodos realizados de estancias en universidades
y centros de investigación en el extranjero. Se deberá aportar informe o certificado de las
personas representantes de los citados centros indicando la duración de la estancia, las
características de la misma y en los que se justifique mediante un informe razonado que
dichas estancias suponen movilidad internacional en el ámbito de la I+D.
f) Memoria del historial del grupo de investigación correspondiente a los últimos cinco
años al que se adscribe la persona candidata.
g) Otra documentación acreditativa de los requisitos adicionales que pudiera exigir la
convocatoria según lo dispuesto en el artículo 38.e).

Artículo 41. Objeto y características de las subvenciones.
1. Estas subvenciones tienen como objeto facilitar la incorporación de personal
investigador con trayectoria destacada, de cualquier nacionalidad y con potencial de
liderazgo, que contribuyan al progreso de la investigación en Andalucía, fomentando el
impulso, desarrollo y consolidación de su carrera investigadora y fortaleciendo, al mismo
tiempo, con nuevo talento las actividades de investigación de las entidades beneficiarias.
Asimismo, estas subvenciones también tienen como finalidad el desarrollo de una
propuesta de investigación por parte de la persona contratada, para lo que contarán con
una dotación adicional para su desarrollo durante el periodo de ejecución de la subvención.
2. El plazo máximo de ejecución de la subvención concedida comenzará a contar
desde la fecha de incorporación de la persona investigadora seleccionada a su puesto de
trabajo en la entidad contratante.
3. Las subvenciones concedidas estarán destinadas a financiar los gastos de
contratación laboral y, en su caso, de indemnización por fin de contrato del personal
investigador. Asimismo, contarán con la dotación adicional anteriormente indicada
para el desarrollo de una propuesta de investigación durante el período de ejecución
de la subvención. Dicha dotación adicional tendrá como finalidad cubrir los gastos de
la persona contratada directamente relacionados con la ejecución de sus actividades
de investigación, una vez incorporada a su puesto de trabajo en la entidad beneficiaria.
El gasto de esta financiación adicional podrá realizarse durante todo el período de
ejecución de la subvención y podrá destinarse a la financiación de los conceptos de gasto
establecidos en el artículo 5.1.c).
4. Las solicitudes de participación serán presentadas, respectivamente, tanto por
las entidades solicitantes como por las personas candidatas, de forma independiente.
Las entidades solicitantes deberán indicar el número máximo de ayudas por área
funcional de competitividad que se comprometen a ejecutar al amparo de esta actuación,
con indicación del importe solicitado. Las personas candidatas deberán presentar su
propuesta de actuación junto con la documentación requerida y la información necesaria
para su evaluación. A efectos del proceso de evaluación, solo se tendrá en cuenta la
información contenida en la solicitud presentada por la persona candidata. La resolución
definitiva de personas seleccionadas determinará el plazo del que dispondrán las
entidades solicitantes para presentar una relación de personas seleccionadas con las
que se haya acordado su incorporación. A la vista de los acuerdos presentados el órgano
instructor formulará la correspondiente propuesta de resolución.
5. En el caso de renuncia al contrato laboral por parte del investigador contratado por
estabilización o mejora de su empleabilidad en la misma entidad beneficiaria, se podrá
autorizar, previa solicitud de la entidad, la continuidad en la ejecución de la subvención
destinada a la propuesta de investigación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291544

SECCIÓN 3ª. LÍNEA 3. SUBVENCIONES A LA CAPTACIÓN DE TALENTO
INVESTIGADOR CON TRAYECTORIA DESTACADA PARA LA EJECUCIÓN DE
ACCIONES DE INVESTIGACIÓN EN LOS AGENTES DEL SISTEMA ANDALUZ
DEL CONOCIMIENTO: PROGRAMA EMERGIA