Disposiciones generales. . (2023/209-7)
Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023
página 16550/38
Artículo 40. Documentación acreditativa de los requisitos y méritos de las personas
participantes.
1. En los correspondientes apartados de la solicitud se deberá incluir la información
y la documentación correspondiente de los requisitos exigidos, así como la información
necesaria para aplicar los criterios de valoración, conforme a lo siguiente:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291544
Artículo 39. Criterios de evaluación de las solicitudes.
1. Las solicitudes serán evaluadas conforme a los siguientes criterios y subcriterios,
con una puntuación máxima de 100 puntos:
a) Méritos curriculares de la persona candidata. Puntuación: de 0 a 80 puntos.
1.º Relevancia de los artículos publicados en revistas científicas y los libros o capítulos
de libros científicos y técnicos de la persona solicitante y su contribución a los mismos
(hasta 50 puntos).
2.º Se valorarán asimismo las patentes concedidas o licenciadas y, en general,
cualquier otra aportación que permita valorar los diferentes aspectos de la investigación
y la participación y/o liderazgo en proyectos y contratos, valorando especialmente los
realizados en colaboración internacional (hasta 10 puntos).
3.º Otros méritos curriculares, incluyendo la obtención de premios, trabajos
presentados y actividades de divulgación científica (hasta 5 puntos).
4.º Menciones especiales en la obtención del doctorado, actividades de formación
o tutela de estudiantes y cualquier otra aportación que permita valorar méritos de
experiencia investigadora no incluidos en los apartados anteriores (hasta 5 puntos).
5.º Estancias en universidades y centros de investigación de reconocido prestigio
internacional con una duración mínima de tres meses, adicionales al periodo mínimo de
doce meses de estancias o de vinculación laboral establecidos en el artículo 34 (hasta 10
puntos).
b) Historial científico del grupo de investigación en el que se integre la persona
candidata en los últimos cinco años. Puntuación: de 0 a 20 puntos.
1.º Trayectoria científica. Se valorará la calidad de las publicaciones, los contratos
de investigación de especial relevancia y otros méritos de la actividad investigadora del
investigador/a tutor/a y del grupo de investigación en el que se integre el candidato (hasta
10 puntos).
2.º Capacidad formativa. Se valorará la capacidad formativa del investigador/a tutor
y del equipo de investigación acreditada por los resultados de formación de predoctoral
previa como numero de tesis realizadas o en curso, desarrollo científico o profesional
de los doctores egresados del equipo de investigación y contexto científico-técnico y
formativo del equipo (hasta 5 puntos).
3.º Proyección internacional. Se valorará el grado de internacionalización del
investigador/a tutor y del grupo de investigación a través de las colaboraciones con
otros centros y grupos de investigación internacionales, y la producción científica en
colaboración internacional, así como la participación en proyectos y otras actividades de
carácter internacional (hasta 5 puntos).
2. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver
el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en el
criterio a) del apartado anterior: «Méritos curriculares de la persona candidata». En el
caso de persistir el empate, se dirimirá a favor de la persona candidata que tenga mayor
puntuación en el subcriterio 4º del criterio a) del apartado anterior. Si persistiera el empate,
se resolverá aplicando criterios de equilibrio de género. Si finalmente se mantuviera el
empate, se resolverá por aplicación del criterio que determine motivadamente la Comisión
de Selección.
3. Las convocatorias establecerán una puntuación mínima para resultar beneficiario o
reserva de las ayudas concedidas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023
página 16550/38
Artículo 40. Documentación acreditativa de los requisitos y méritos de las personas
participantes.
1. En los correspondientes apartados de la solicitud se deberá incluir la información
y la documentación correspondiente de los requisitos exigidos, así como la información
necesaria para aplicar los criterios de valoración, conforme a lo siguiente:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291544
Artículo 39. Criterios de evaluación de las solicitudes.
1. Las solicitudes serán evaluadas conforme a los siguientes criterios y subcriterios,
con una puntuación máxima de 100 puntos:
a) Méritos curriculares de la persona candidata. Puntuación: de 0 a 80 puntos.
1.º Relevancia de los artículos publicados en revistas científicas y los libros o capítulos
de libros científicos y técnicos de la persona solicitante y su contribución a los mismos
(hasta 50 puntos).
2.º Se valorarán asimismo las patentes concedidas o licenciadas y, en general,
cualquier otra aportación que permita valorar los diferentes aspectos de la investigación
y la participación y/o liderazgo en proyectos y contratos, valorando especialmente los
realizados en colaboración internacional (hasta 10 puntos).
3.º Otros méritos curriculares, incluyendo la obtención de premios, trabajos
presentados y actividades de divulgación científica (hasta 5 puntos).
4.º Menciones especiales en la obtención del doctorado, actividades de formación
o tutela de estudiantes y cualquier otra aportación que permita valorar méritos de
experiencia investigadora no incluidos en los apartados anteriores (hasta 5 puntos).
5.º Estancias en universidades y centros de investigación de reconocido prestigio
internacional con una duración mínima de tres meses, adicionales al periodo mínimo de
doce meses de estancias o de vinculación laboral establecidos en el artículo 34 (hasta 10
puntos).
b) Historial científico del grupo de investigación en el que se integre la persona
candidata en los últimos cinco años. Puntuación: de 0 a 20 puntos.
1.º Trayectoria científica. Se valorará la calidad de las publicaciones, los contratos
de investigación de especial relevancia y otros méritos de la actividad investigadora del
investigador/a tutor/a y del grupo de investigación en el que se integre el candidato (hasta
10 puntos).
2.º Capacidad formativa. Se valorará la capacidad formativa del investigador/a tutor
y del equipo de investigación acreditada por los resultados de formación de predoctoral
previa como numero de tesis realizadas o en curso, desarrollo científico o profesional
de los doctores egresados del equipo de investigación y contexto científico-técnico y
formativo del equipo (hasta 5 puntos).
3.º Proyección internacional. Se valorará el grado de internacionalización del
investigador/a tutor y del grupo de investigación a través de las colaboraciones con
otros centros y grupos de investigación internacionales, y la producción científica en
colaboración internacional, así como la participación en proyectos y otras actividades de
carácter internacional (hasta 5 puntos).
2. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver
el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en el
criterio a) del apartado anterior: «Méritos curriculares de la persona candidata». En el
caso de persistir el empate, se dirimirá a favor de la persona candidata que tenga mayor
puntuación en el subcriterio 4º del criterio a) del apartado anterior. Si persistiera el empate,
se resolverá aplicando criterios de equilibrio de género. Si finalmente se mantuviera el
empate, se resolverá por aplicación del criterio que determine motivadamente la Comisión
de Selección.
3. Las convocatorias establecerán una puntuación mínima para resultar beneficiario o
reserva de las ayudas concedidas.