3. Otras disposiciones. . (2023/206-79)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión del personal laboral de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA). Ejercicio 2020.
69 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
•
•
•
•
•
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023
página 16462/6
Las medidas COVID, como los sistemas de teletrabajo, entre otras.
El Plan de igualdad y su ejecución.
El Plan de prevención de riesgos laborales, así como la accidentalidad y su gestión.
El Plan de formación y su ejecución.
La adaptación al Esquema Nacional de Seguridad de los sistemas de información usados en la
gestión de personal.
20
El alcance temporal está referido al ejercicio 2020.
21
El trabajo de campo finalizó el 30 de abril de 2022.
2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN DE LA AGAPA EN
RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD EN MATERIA DE
RECURSOS HUMANOS
22
Los órganos rectores de la AGAPA según establece el art. 10 de sus Estatutos son la Presidencia,
el Consejo Rector, la Gerencia y las Direcciones Generales.
23
En relación con el alcance del presente informe, definido más adelante, los Estatutos de la
agencia reservan a la Presidencia las siguientes funciones (art. 11.2):
•
•
•
•
•
Al Consejo Rector, integrado por la persona que ostenta la Presidencia y las Vocalías
correspondientes a cada una de las personas titulares de los órganos directivos centrales de la
Agencia, de la Consejería de Agricultura y Pesca y la persona titular de la Presidencia del Instituto
Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción
Ecológica (IFAPA), le corresponden las siguientes funciones en materia de personal (art. 13):
•
•
•
•
Velar por el cumplimiento del ordenamiento jurídico en todas las actuaciones de la entidad.
Aprobar, a propuesta de la Gerencia, el proyecto de contrato plurianual de gestión.
Aprobar el proyecto de Plan de acción anual de la Agencia, con arreglo a lo aprobado en el
contrato plurianual de gestión.
Establecer los protocolos de actuación necesarios para la ejecución de las funciones o
competencias propias de la Agencia a las que se refiere el art. 7 cuyo ejercicio haya de ser
realizado bajo las directrices emanadas de la CAGPDS, garantizando en todo caso que las
actuaciones que impliquen el ejercicio de potestades públicas quedan reservadas a personal
funcionario.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291442
24
Dirigir, coordinar y controlar los órganos de la Agencia.
Ejercer la jefatura superior del personal, sin perjuicio de las funciones que le corresponden
a la Gerencia.
Nombrar y separar, a propuesta de la Gerencia, al resto del personal de libre designación de
la Agencia, así como fijar sus retribuciones, dando cuenta al Consejo Rector.
Adoptar las resoluciones de los procedimientos administrativos de cualquier naturaleza que
le sean atribuidos.
Nombrar representantes de la Agencia en organizaciones en las que ésta se pueda integrar.
•
•
•
•
•
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023
página 16462/6
Las medidas COVID, como los sistemas de teletrabajo, entre otras.
El Plan de igualdad y su ejecución.
El Plan de prevención de riesgos laborales, así como la accidentalidad y su gestión.
El Plan de formación y su ejecución.
La adaptación al Esquema Nacional de Seguridad de los sistemas de información usados en la
gestión de personal.
20
El alcance temporal está referido al ejercicio 2020.
21
El trabajo de campo finalizó el 30 de abril de 2022.
2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN DE LA AGAPA EN
RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD EN MATERIA DE
RECURSOS HUMANOS
22
Los órganos rectores de la AGAPA según establece el art. 10 de sus Estatutos son la Presidencia,
el Consejo Rector, la Gerencia y las Direcciones Generales.
23
En relación con el alcance del presente informe, definido más adelante, los Estatutos de la
agencia reservan a la Presidencia las siguientes funciones (art. 11.2):
•
•
•
•
•
Al Consejo Rector, integrado por la persona que ostenta la Presidencia y las Vocalías
correspondientes a cada una de las personas titulares de los órganos directivos centrales de la
Agencia, de la Consejería de Agricultura y Pesca y la persona titular de la Presidencia del Instituto
Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción
Ecológica (IFAPA), le corresponden las siguientes funciones en materia de personal (art. 13):
•
•
•
•
Velar por el cumplimiento del ordenamiento jurídico en todas las actuaciones de la entidad.
Aprobar, a propuesta de la Gerencia, el proyecto de contrato plurianual de gestión.
Aprobar el proyecto de Plan de acción anual de la Agencia, con arreglo a lo aprobado en el
contrato plurianual de gestión.
Establecer los protocolos de actuación necesarios para la ejecución de las funciones o
competencias propias de la Agencia a las que se refiere el art. 7 cuyo ejercicio haya de ser
realizado bajo las directrices emanadas de la CAGPDS, garantizando en todo caso que las
actuaciones que impliquen el ejercicio de potestades públicas quedan reservadas a personal
funcionario.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291442
24
Dirigir, coordinar y controlar los órganos de la Agencia.
Ejercer la jefatura superior del personal, sin perjuicio de las funciones que le corresponden
a la Gerencia.
Nombrar y separar, a propuesta de la Gerencia, al resto del personal de libre designación de
la Agencia, así como fijar sus retribuciones, dando cuenta al Consejo Rector.
Adoptar las resoluciones de los procedimientos administrativos de cualquier naturaleza que
le sean atribuidos.
Nombrar representantes de la Agencia en organizaciones en las que ésta se pueda integrar.