3. Otras disposiciones. . (2023/206-79)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión del personal laboral de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA). Ejercicio 2020.
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BOJA




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Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023

página 16462/7

Aprobar los criterios de la política de personal, el organigrama de la entidad y el catálogo de
puestos de trabajo.
Supervisar la actuación de la Gerencia y demás órganos y unidades de la propia Agencia.
Acordar la creación de comisiones especializadas o grupos de trabajo en el seno de la
Agencia, definir su composición, así como determinar sus funciones.

A la persona que ocupa el puesto de Gerente, que posee rango de Secretario General, siempre
con base en la normativa citada y en materia de personal, le corresponden las siguientes
atribuciones (art. 16):







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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Organizar y ejercer la dirección y coordinación de las unidades o puestos dependientes de la
Gerencia.
Dirigir, impulsar, orientar, coordinar e inspeccionar los proyectos y servicios de la Agencia,
dictando las instrucciones y órdenes de servicio relativas al funcionamiento o a la
organización interna de las mismas.
Proponer al Consejo Rector el anteproyecto anual de presupuesto y el organigrama funcional
de la Agencia y sus modificaciones.
Elaborar y proponer al Consejo Rector el anteproyecto de contrato plurianual de gestión y el
plan anual de actuación.
Ejercer la jefatura en los asuntos relativos a régimen interno y del personal y proponer a la
Presidencia el nombramiento del personal laboral en los supuestos que establezca el
convenio colectivo de aplicación.
Fijar los criterios para la evaluación del desempeño del personal al servicio de la Agencia y la
correspondiente distribución de los conceptos retributivos asignados a la remuneración de
los incentivos al rendimiento legalmente previstos, dentro de las previsiones establecidas
por el presupuesto y conforme a los criterios recogidos en el contrato de gestión.

Las Direcciones Generales estarán bajo la dependencia jerárquica de la Gerencia con base en la
estructura orgánica de la CAGPDS y ostentarán las facultades que, como órganos administrativos
les atribuye el art. 30 de la LAJA, así como la de definir las especificaciones correspondientes a la
actuación de la Agencia, en su ámbito de competencias, y el ejercicio de cualesquiera otras
funciones que se les atribuyan mediante disposición de carácter general o por el Consejo Rector.

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La Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su art. 4.1 incluye entre
sus funciones el fiscalizar la actividad económico-financiera del sector público de Andalucía y
velar por la legalidad y eficiencia de cuantos actos den lugar al reconocimiento de derechos y
obligaciones de contenido económico, así como de los ingresos y pagos que de ellos se deriven
y, en general, de la recaudación, inversión o aplicación de los fondos públicos.

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En relación con el presente trabajo de fiscalización, la responsabilidad de la CCA es expresar una
opinión sobre el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de recursos humanos (RRHH)
por parte de la agencia y supone un compromiso de atestiguamiento sobre información ajena.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291442

3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS