3. Otras disposiciones. . (2023/206-79)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión del personal laboral de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA). Ejercicio 2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023

página 16462/20

operativas del sector público instrumental que, en lo referente a la AGAPA y asimismo de
acuerdo con dicho mandato, dio como resultado el informe que se encuentra publicado en el
Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.
A11

Con base en la relación contractual existente, además de lo establecido en el Estatuto de
Autonomía, son de aplicación diferentes regímenes normativos laborales:
Personal directivo, regido por el art. 13 del EBEP.
Personal fuera de convenio, regido por los contratos formalizados entre las partes, el Derecho
Laboral y el propio EBEP.
• Personal laboral propio, regido por el Derecho Laboral, el EBEP y los convenios de aplicación,
en el caso que nos ocupa:



o
o

Convenio Colectivo de la Empresa Pública de Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A.,
aprobado por la Resolución de 28 de julio de 2009, de la Dirección de General de Trabajo
y Seguridad Social.
Convenio Colectivo de Jardinería, aprobado por la Resolución de 25 de enero de 2018, de
la Dirección General de Empleo.

A12

Todos los colectivos se incluyen en la RPT de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La misma, para dar cumplimiento a lo recogido en el art. 74.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
donde se establece que las funciones que impliquen ejercicio de autoridad serán desempañadas
por personal funcionario, fue modificada parcialmente por el Decreto 106/2011 creándose seis
puestos de trabajo adscritos a personal funcionario para el ejercicio de las potestades
administrativas que implicaran ejercicio de autoridad, no habiéndose producido ulteriores
modificaciones hasta el ejercicio fiscalizado7.

A13

Por último, y afectando no únicamente a la parcela de personal, subrayar dos cuestiones que
deben tenerse en consideración para contextualizar las conclusiones incluidas en el presente
informe:
Las circunstancias excepcionales que se produjeron en el año 2020, objeto de la fiscalización,
con la declaración del estado de alarma previsto en la Constitución Española8 a consecuencia
de la pandemia de la COVID-19 que ocasionó no pocas distorsiones en la gestión cotidiana de
la administración pública.
• La incorporación en la Agencia de un nuevo equipo directivo en los meses previos al ejercicio
auditado.

7
Recientemente y fuera del alcance temporal del presente trabajo, se ha aprobado una nueva modificación parcial de la RPT de la
CAGPDS y de la AGAPA que crean varios puestos con potestades públicas, así como la remodelación de la estructura de laboratorios de
varias provincias, lo que supone la ampliación en 35 puestos con respecto a la situación anterior.
8
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19 y Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada
por el COVID-19.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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