3. Otras disposiciones. . (2023/206-79)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión del personal laboral de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA). Ejercicio 2020.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023
página 16462/17
antecede debemos unificar las dispares doctrinas enfrentadas. Lo hacemos afirmando que
cuando una Administración Pública se subroga, por transmisión de empresa, en un contrato de
trabajo que tenía carácter fijo debe mantenerse esa condición. Es inadecuado aplicar en este caso
la categoría de personal indefinido no fijo, so pena de desconocer las exigencias derivadas de la
Directiva 2001/23/ CE. Esta unificación doctrinal también persigue despejar las dudas que
pudieran haber suscitado algunas consideraciones albergadas en anteriores sentencias, en las
que no se debatía frontalmente la presente cuestión.” (§46)
90
En 2021 se aprueba la Resolución 2/2021, de la Secretaría General de la AGAPA, que establece
los procedimientos de otorgamiento de los anticipos y préstamos regulados en el art. 32 del
Convenio Colectivo de la Agencia. (§81, 83)
91
Respecto a la elaboración del Plan de Igualdad, a la fecha de cierre de los trabajos se ha avanzado
en los siguientes aspectos:
•
•
•
92
Finalización del Diagnóstico de Situación, presentado y aprobado por la Comisión
Negociadora del I Plan de Igualdad en primera instancia el 15 de marzo de 2021.
Resolución 11/2021, de 21 de noviembre de la Dirección Gerencia, por la que se aprueba
medidas para la protección de las empleadas públicas víctimas de violencia de género.
Resolución 1/2022, de 19 de enero de la Dirección Gerencia, por la que se aprueba el
protocolo de actuación para situaciones de acoso laboral, sexual y por razón de sexo u otra
discriminación. (§56)
A fecha de los trabajos de campo se encuentran pendientes de emitirse sentencias por la sala
competente con respecto a 53 demandas interpuestas por desempeño de tareas de superior
categoría por 37 trabajadores que supondrían un perjuicio económico mínimo para la Agencia
de 246.882€, dado que no todas incluyen una estimación de las cantidades reclamadas. (§41,
A53)
93
La CCA recomienda la adopción de las medidas expuestas en este epígrafe que van orientadas a
propuestas de mejora para la organización. La implantación de estas recomendaciones podrá ser
objeto de alcance en futuros informes de fiscalización que tengan como objetivo el seguimiento
específico del presente trabajo, las recomendaciones por materias o cualquier otro asunto
relacionado con el mismo.
94
En observancia de la Guía práctica para la elaboración de recomendaciones elaborada por la
propia CCA, se ha consignado una prioridad alta o media a cada recomendación propuesta, según
se trate de una debilidad material o una deficiencia significativa. En el caso de una prioridad alta,
se requiere una atención urgente de la dirección para implantar controles y, en su caso,
procedimientos que mitiguen los riesgos identificados en forma de conclusiones. Para una
prioridad media, la dirección deberá establecer un plan de acción concreto para resolver la
deficiencia observada en un plazo razonable.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291442
6. RECOMENDACIONES
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023
página 16462/17
antecede debemos unificar las dispares doctrinas enfrentadas. Lo hacemos afirmando que
cuando una Administración Pública se subroga, por transmisión de empresa, en un contrato de
trabajo que tenía carácter fijo debe mantenerse esa condición. Es inadecuado aplicar en este caso
la categoría de personal indefinido no fijo, so pena de desconocer las exigencias derivadas de la
Directiva 2001/23/ CE. Esta unificación doctrinal también persigue despejar las dudas que
pudieran haber suscitado algunas consideraciones albergadas en anteriores sentencias, en las
que no se debatía frontalmente la presente cuestión.” (§46)
90
En 2021 se aprueba la Resolución 2/2021, de la Secretaría General de la AGAPA, que establece
los procedimientos de otorgamiento de los anticipos y préstamos regulados en el art. 32 del
Convenio Colectivo de la Agencia. (§81, 83)
91
Respecto a la elaboración del Plan de Igualdad, a la fecha de cierre de los trabajos se ha avanzado
en los siguientes aspectos:
•
•
•
92
Finalización del Diagnóstico de Situación, presentado y aprobado por la Comisión
Negociadora del I Plan de Igualdad en primera instancia el 15 de marzo de 2021.
Resolución 11/2021, de 21 de noviembre de la Dirección Gerencia, por la que se aprueba
medidas para la protección de las empleadas públicas víctimas de violencia de género.
Resolución 1/2022, de 19 de enero de la Dirección Gerencia, por la que se aprueba el
protocolo de actuación para situaciones de acoso laboral, sexual y por razón de sexo u otra
discriminación. (§56)
A fecha de los trabajos de campo se encuentran pendientes de emitirse sentencias por la sala
competente con respecto a 53 demandas interpuestas por desempeño de tareas de superior
categoría por 37 trabajadores que supondrían un perjuicio económico mínimo para la Agencia
de 246.882€, dado que no todas incluyen una estimación de las cantidades reclamadas. (§41,
A53)
93
La CCA recomienda la adopción de las medidas expuestas en este epígrafe que van orientadas a
propuestas de mejora para la organización. La implantación de estas recomendaciones podrá ser
objeto de alcance en futuros informes de fiscalización que tengan como objetivo el seguimiento
específico del presente trabajo, las recomendaciones por materias o cualquier otro asunto
relacionado con el mismo.
94
En observancia de la Guía práctica para la elaboración de recomendaciones elaborada por la
propia CCA, se ha consignado una prioridad alta o media a cada recomendación propuesta, según
se trate de una debilidad material o una deficiencia significativa. En el caso de una prioridad alta,
se requiere una atención urgente de la dirección para implantar controles y, en su caso,
procedimientos que mitiguen los riesgos identificados en forma de conclusiones. Para una
prioridad media, la dirección deberá establecer un plan de acción concreto para resolver la
deficiencia observada en un plazo razonable.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291442
6. RECOMENDACIONES