3. Otras disposiciones. . (2023/206-79)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión del personal laboral de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA). Ejercicio 2020.
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BOJA

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023

página 16462/12

Riesgos laborales

Los accidentes de trabajo acaecidos en la Agencia en el ejercicio se comunican con retraso a la
autoridad laboral según los plazos establecidos en la Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre:



De los once expedientes analizados solo uno se comunica antes de los cinco días preceptivos.
La media del período de comunicación es de más de 23 días.

4.2.9. Limitaciones al alcance


Relacionadas con el acceso al empleo público

59

La documentación comprensiva de los expedientes de personal no incluye aquella relacionada
con los procesos aplicados a la selección del personal que actualmente forma parte de la
estructura de la Agencia, por lo que no puede concluir acerca del respeto a los principios de
igualdad, mérito, capacidad y transparencia en el acceso al empleo público recogido en el EBEP,
en la LAJA3, en sus propios Estatutos y en el Convenio Colectivo vigente.

60

Asimismo, no consta sustento documental de que la designación del personal fuera de convenio
se haya realizado mediante procedimiento que haya garantizado la publicidad y concurrencia. Su
designación no se ha realizado atendiendo a los principios de mérito, capacidad e idoneidad,
todo ello sustentado en la misma normativa citada anteriormente4.

61

No obstante lo anterior, hay que hacer constar que la Agencia no ha llevado a cabo en los últimos
años procesos selectivos ni designación alguna de personal fuera de convenio, por lo que las
conclusiones anteriores se refieren a aquéllos realizados con anterioridad al ejercicio fiscalizado.

62

Estos hechos ya fueron puestos de manifiesto como conclusiones de un informe anterior de la
CCA5.


63

Relacionadas con la apertura y adscripción de los trabajadores a los centros de trabajo

La AGAPA no ha podido documentar la comunicación a la autoridad laboral -actualmente, las
Delegaciones Provinciales de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta
de Andalucía- de la apertura de los centros de trabajo (CCTT) de su organización territorial. En
caso de no haberse realizado dicho trámite, se hubiera incumplido la obligación regulada en el
art. 6.1 Real Decreto-Ley 1/1986 de 14 de marzo, de medidas urgentes administrativas,
financieras, fiscales y laborales y en la Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, sobre los requisitos
y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de reanudación de actividades en los
CCTT, así como el art. 1.5 del TRLET.
Art. 55 del Capítulo I Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio del Título IV Adquisición y pérdida de la
relación de servicio del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público y LAJA: art. 70.1 de la Sección III Agencias públicas empresariales.
4
EBEP: Art. 13 del Capítulo I Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio del Título IV Adquisición y pérdida de la
relación de servicio del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público y LAJA: art. 70.2 de la Sección III Agencias públicas empresariales.
5 Fiscalización de las fuentes de financiación y de la gestión de recursos humanos en la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de
Andalucía. 2011. OE 02/2012.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291442

3 EBEP: