3. Otras disposiciones. . (2023/206-77)
Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección General de Planificación, Modernización y Gestión de Fondos, por la que se publica Convenio de Encomienda de Gestión entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil), la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, de la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo de Andalucía, en materia de seguridad y protección de los edificios judiciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía y del edificio sede de dicho Consejo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023

página 16382/3

A tal efecto, se pretende garantizar la seguridad en los edificios judiciales e
instalaciones conexas y la sede del Consejo Consultivo por personal del Cuerpo de la
Guardia Civil en situación de reserva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37 de la
Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo.
Quinto. Que al Ministerio del Interior le corresponde la administración general de la
seguridad ciudadana y el mando superior de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13
de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y artículos 1.1 y 1.2 del Real Decreto
734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del
Ministerio del Interior. La Dirección General de la Guardia Civil se integra en el Ministerio
del Interior, de conformidad con el citado Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto.
Sexto. Que entre las funciones comunes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado figura «vigilar y proteger los edificios e instalaciones públicos que lo requieran»
(artículo 11.1.c) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad).
Dicha misión puede ser ejercida por personal del Cuerpo de la Guardia Civil
en situación de reserva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 93.8 de la Ley
29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil. A tal efecto,
establece que dicho personal se encuentra a disposición del Ministro del Interior para
el cumplimiento de funciones policiales cuando razones de seguridad ciudadana lo
requieran. Los destinos que podrán ocupar se establecerán atendiendo a las necesidades
del servicio.
Séptimo. Por razones de eficacia y, al no disponer de los medios técnicos ni personales
idóneos para su desempeño, la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo consideran
conveniente conferir al Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Guardia
Civil, una encomienda de gestión conforme lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP), que establece
que: «la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los
órganos administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a
otros órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración,
siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o
cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño».
Ambas partes consideran necesario formalizar un convenio de encomienda de
gestión para el mejor ejercicio de sus competencias y funciones.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 11 de la LRJSP, las partes acuerdan
suscribir el presente convenio de encomienda de gestión que se regirá por las siguientes
CL ÁUSUL AS

Segunda. Ámbito de aplicación subjetivo.
Son partes de la presente encomienda de gestión, la Junta de Andalucía y el Consejo
Consultivo como administraciones encomendantes, y la Dirección General de la Guardia
Civil, como órgano encomendado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291361

Primera. Objeto de la encomienda.
La encomienda de gestión a que se refiere el presente instrumento de colaboración
tiene por objeto establecer y regular el mecanismo de cooperación por el que el personal
en situación de reserva del Cuerpo de la Guardia Civil participa en la realización de
funciones de vigilancia y protección de las sedes judiciales de la Comunidad Autónoma
de Andalucía y del Consejo Consultivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.1.c)
de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.