3. Otras disposiciones. . (2023/204-34)
Orden de 17 de octubre de 2023, de la Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por la que se encomienda a la Agencia Administrativa para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA) la evaluación del potencial innovador, conforme a los criterios establecidos en las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la creación y el funcionamiento de grupos operativos de la Asociación Europea de Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, de los proyectos presentados a la convocatoria de 22 de diciembre de 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Martes, 24 de octubre de 2023
página 16209/3
funcionario las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales.
Por otro lado, el artículo 6.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas
del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de
2014, establece que quedan excluidas del ámbito de esa ley las encomiendas de gestión
reguladas en la legislación vigente de régimen jurídico del sector público.
Por último, conforme con lo establecido en los artículos 105 de la citada Ley 9/2007,
de 22 de octubre, y en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 157/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 27
de junio de 2023, por el que se autoriza a la Consejería de Agricultura Pesca, Agua y
Desarrollo Rural a realizar esta encomienda de gestión a la Agencia Administrativa para
la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA),
DISPONGO
Primero. Objeto de la encomienda.
Encomendar a la Agencia Administrativa para la Calidad Científica y Universitaria de
Andalucía (ACCUA) la gestión de las actuaciones a realizar relacionada con la naturaleza
específica de valoración del potencial innovador de los proyectos, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 105 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, la cual asumirá los compromisos y obligaciones que se deriven de la
presente encomienda de gestión.
Tercero. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada.
La innovación en el sector agrario es una prioridad estratégica que hace necesario
avanzar y potenciar la coordinación del sistema de I+D+i, creando y fortaleciendo
herramientas que contribuyan a la conexión de actividades del sector productivo del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291188
Segundo. Actividad o actividades y objetivos a cumplir.
El objetivo principal de esta encomienda, es proporcionar un servicio que permita
evaluar el potencial innovador de los proyectos presentados en la convocatoria para el
ejercicio 2022, de las ayudas dirigidas al funcionamiento de Grupos Operativos de la
Asociación Europea de Innovación (AEI), en materia de productividad y sostenibilidad
agrícolas, para la realización de proyectos piloto y el desarrollo de nuevos productos,
prácticas, procesos y tecnologías en los sectores agrícola, alimentario y forestal,
entendido el potencial innovador como la capacidad de la idea propuesta de generar
valor añadido respecto a la práctica habitual y asegurar el cumplimiento de dicha premisa
y ello conforme a los siguientes criterios incluidos en la Orden de 7 de julio de 2020:
a) El grado de innovación de la propuesta: la Innovación propuesta del proyecto
presenta un nivel elevado de novedad suponiendo un avance tecnológico sustancial, una
mejora de los procesos tradicionales de las condiciones de trabajo o una mejora del valor
añadido de los productos o servicios ofertados.
b) La innovación relacionada con la cadena agroalimentaria, mediante la introducción
de un nuevo o significativamente mejorado producto, de un proceso o de un nuevo
método de comercialización.
c) La viabilidad de la innovación planteada desde el punto de vista técnico, económico
y ambiental, y adecuación al problema que se pretende abordar.
d) El impacto directo en la productividad o sostenibilidad de los usuarios finales: los
resultados previstos son relevantes desde el punto de vista económico, social o ambiental
para los usuarios finales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Martes, 24 de octubre de 2023
página 16209/3
funcionario las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales.
Por otro lado, el artículo 6.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas
del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de
2014, establece que quedan excluidas del ámbito de esa ley las encomiendas de gestión
reguladas en la legislación vigente de régimen jurídico del sector público.
Por último, conforme con lo establecido en los artículos 105 de la citada Ley 9/2007,
de 22 de octubre, y en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 157/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 27
de junio de 2023, por el que se autoriza a la Consejería de Agricultura Pesca, Agua y
Desarrollo Rural a realizar esta encomienda de gestión a la Agencia Administrativa para
la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA),
DISPONGO
Primero. Objeto de la encomienda.
Encomendar a la Agencia Administrativa para la Calidad Científica y Universitaria de
Andalucía (ACCUA) la gestión de las actuaciones a realizar relacionada con la naturaleza
específica de valoración del potencial innovador de los proyectos, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 105 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, la cual asumirá los compromisos y obligaciones que se deriven de la
presente encomienda de gestión.
Tercero. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada.
La innovación en el sector agrario es una prioridad estratégica que hace necesario
avanzar y potenciar la coordinación del sistema de I+D+i, creando y fortaleciendo
herramientas que contribuyan a la conexión de actividades del sector productivo del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Segundo. Actividad o actividades y objetivos a cumplir.
El objetivo principal de esta encomienda, es proporcionar un servicio que permita
evaluar el potencial innovador de los proyectos presentados en la convocatoria para el
ejercicio 2022, de las ayudas dirigidas al funcionamiento de Grupos Operativos de la
Asociación Europea de Innovación (AEI), en materia de productividad y sostenibilidad
agrícolas, para la realización de proyectos piloto y el desarrollo de nuevos productos,
prácticas, procesos y tecnologías en los sectores agrícola, alimentario y forestal,
entendido el potencial innovador como la capacidad de la idea propuesta de generar
valor añadido respecto a la práctica habitual y asegurar el cumplimiento de dicha premisa
y ello conforme a los siguientes criterios incluidos en la Orden de 7 de julio de 2020:
a) El grado de innovación de la propuesta: la Innovación propuesta del proyecto
presenta un nivel elevado de novedad suponiendo un avance tecnológico sustancial, una
mejora de los procesos tradicionales de las condiciones de trabajo o una mejora del valor
añadido de los productos o servicios ofertados.
b) La innovación relacionada con la cadena agroalimentaria, mediante la introducción
de un nuevo o significativamente mejorado producto, de un proceso o de un nuevo
método de comercialización.
c) La viabilidad de la innovación planteada desde el punto de vista técnico, económico
y ambiental, y adecuación al problema que se pretende abordar.
d) El impacto directo en la productividad o sostenibilidad de los usuarios finales: los
resultados previstos son relevantes desde el punto de vista económico, social o ambiental
para los usuarios finales.