Disposiciones generales. . (2023/201-2)
Orden de 11 de octubre de 2023, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2023, y apertura del ejercicio presupuestario de 2024, y de modificación de la Orden de 30 de marzo de 2015, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus agencias administrativas y de régimen especial.
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Número 201 - Jueves, 19 de octubre de 2023

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Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se
deroga el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo, que se pueden efectuar con
posterioridad al 31 de diciembre de 2023.
4. No obstante, las fechas establecidas en el apartado 2 se ampliarán, hasta el día
11 de diciembre de 2023, para la entrada en las Intervenciones de las propuestas de
documentos de gestión contable de gastos, y hasta el día 19 del mismo mes, para su
fiscalización y contabilización, en los supuestos siguientes:
a) Las propuestas de documentos de gestión contable «AD» y «D» y complementarios,
correspondientes a gastos subvencionables con cargo a fondos de la Unión Europea del
periodo de programación 2021-2027.
b) Las propuestas de documentos de gestión contable «AD» y «D» y complementarios,
correspondientes a gastos financiados total o parcialmente con transferencias y otros
ingresos finalistas.
c) Las propuestas de documentos de gestión contable «AD» y complementarios,
correspondientes a contratos basados en acuerdos marco.
d) Las propuestas de documentos de gestión contable «A», «D» y «AD2, con origen
en modificaciones presupuestarias contabilizadas después del día 17 de noviembre
de 2023. En estos supuestos el órgano gestor deberá acreditar documentalmente esta
circunstancia ante su Intervención.
e) Las propuestas de documentos de gestión contable «AD» que deriven de pensiones
asistenciales.
f) Los gastos que hayan de ser aprobados o autorizados por el Consejo de Gobierno,
así como los compromisos de gasto que deriven de un expediente fiscalizado en fase
«A» por la Intervención General de la Junta de Andalucía, al haber sido autorizado el
gasto por el Consejo de Gobierno.
g) Las propuestas de documentos «AD» correspondientes a créditos del concepto
488, relativos a gastos de personal de la enseñanza concertada de la Consejería
competente en materia de Educación.
h) Las propuestas de documentos de gestión contable «AD», correspondientes a
créditos del subconcepto 486.04 relativo a las prestaciones económicas a las familias
acogedoras de menores y su documentación anexa.
i) Las propuestas de documentos de gestión contable «A», «D» y «AD» y
complementarios, correspondientes a gastos subvencionables con cargo a los fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
j) Las propuestas de documentos de gestión contable «AD» relacionadas con los
expedientes de gasto relativos a las compensaciones económicas por la prestación de
los servicios de asistencia jurídica gratuita de Andalucía del tercer trimestre de 2023.
5. En las líneas de subvenciones y en los demás gastos respecto a los que se haya
autorizado por la Intervención General de la Junta de Andalucía la fiscalización previa
por muestreo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90.7 del texto refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, los órganos gestores
remitirán a las Intervenciones actuantes la totalidad de las propuestas de documentos de
gestión contable «D» o en su caso «AD» y su documentación anexa hasta el día 24 de
noviembre de 2023. Recibida esta documentación, la Intervención actuante remitirá a la
Intervención General de la Junta de Andalucía la relación de propuestas de documentos
de gestión contable «D» o en su caso «AD», con la finalidad de seleccionar la muestra
en un plazo de tres días hábiles desde la recepción de la citada comunicación, debiendo
quedar fiscalizada la muestra y, en su caso, contabilizadas la totalidad de las propuestas
de documentos de gestión contable «D» o en su caso «AD», con fecha límite 15 de
diciembre de 2023.
6. Las propuestas de documentos contables sin fase de reconocimiento de la
obligación correspondientes a gastos no sometidos a fiscalización previa en las fases
de autorización o compromiso, tanto por la propia naturaleza del gasto, como por la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía