Disposiciones generales. . (2023/201-2)
Orden de 11 de octubre de 2023, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2023, y apertura del ejercicio presupuestario de 2024, y de modificación de la Orden de 30 de marzo de 2015, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus agencias administrativas y de régimen especial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 201 - Jueves, 19 de octubre de 2023

página 16000/3

presupuestaria y contable, en cuanto a las tareas de cierre del ejercicio presupuestario
de 2023 y la apertura del ejercicio 2024. Finalmente, la publicación de esta orden
aporta información a la ciudadanía sobre las operaciones que se llevan a cabo en la
Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias y los consorcios adscritos a la
Administración de la Junta de Andalucía relativas al cierre del ejercicio presupuestario, lo
que posibilita la transparencia en el funcionamiento de los poderes públicos.
En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido conferidas por la disposición
final primera del Decreto 92/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía,
el artículo 13 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta
de Andalucía, los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como la disposición final tercera del
Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,
DISPONGO

Artículo 2. Tramitación de las nóminas en el mes de diciembre de 2023.
1. En las nóminas tramitadas a través del subsistema de gestión de nóminas del
Sistema de Información de Recursos Humanos «SIRhUS», la fecha final de captura de
incidencias de la nómina de diciembre de 2023 será el día 14 de dicho mes, debiendo
finalizar su fiscalización por las Intervenciones correspondientes el día 15 del mismo mes
y año.
Dichas nóminas deberán aprobarse por los órganos gestores y ser presentadas en
las correspondientes Intervenciones hasta el día 19 de diciembre de 2023, debiendo
quedar fiscalizadas y contabilizadas el día 20 de diciembre de dicho año.
2. El resto de las nóminas se cerrarán el día 14 de diciembre de 2023, y se remitirán
hasta el día 19 del mismo mes a las Intervenciones correspondientes, debiendo quedar
fiscalizadas y contabilizadas el día 20 de diciembre de dicho año.
3. Las nóminas mencionadas en los apartados anteriores serán satisfechas entre los
días 20 y 28, ambos inclusive, de dicho mes y año.
4. La unidad competente en materia de personal de cada sección presupuestaria
comunicará, antes de la fecha límite prevista en este artículo para la aprobación de la
nómina del mes de diciembre, a la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, a la Intervención General de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de
Fondos Europeos y a la Dirección General de Presupuestos los nuevos códigos de
operación y medida a los que deban imputarse las nóminas a partir del 1 de enero del
2024, de aquel personal funcionario interino financiado con fondos europeos estructurales
a los que se ha autorizado la continuidad de su nombramiento con cargo a fondos del
Marco Financiero Plurianual 2021-2027.
Artículo 3. Expedición y tramitación de documentos contables de ingresos y de
operaciones extrapresupuestarias.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00290977

Artículo 1. Ámbito de aplicación.
La presente norma será de aplicación a todas las operaciones que se describen en
la misma, realizadas en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, sus
agencias administrativas, de régimen especial y públicas empresariales del artículo 2.c)
del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, así como de los consorcios
adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía.