Disposiciones generales. . (2023/200-3)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se aprueba el Modelo de Informe de persona auditora o empresa de auditoría de los incentivos para la rehabilitación energética de edificios existentes en Andalucía acogidos al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto de 2020.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Miércoles, 18 de octubre de 2023

página 15952/9

(Página

2.2.2.-

8

de 11 )

REVISIÓN DE LA MEMORIA ECONÓMICA ABREVIADA

Revisión de la memoria económica abreviada que incluya el estado representativo de la totalidad de los gastos e inversiones
incurridos en la realización de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados, con identificación del acreedor y del
documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. Incluirá, en su caso, una justificación de las desviaciones
acaecidas respecto al presupuesto considerado en la concesión del incentivo.
Además, revisará la relación y la copia de los pedidos y/o contratos relativos a las actuaciones realizadas, así como relación de las
facturas, y de sus correspondientes justificantes bancarios de pago.
Debe acreditar la existencia de una contabilidad separada o diferenciada para todas las transacciones relacionadas.
Debe acreditar la legalidad del procedimiento de contratación de las actuaciones por parte de la persona o entidad beneficiara, así
como que dispone de al menos tres ofertas de diferentes proveedores en los supuestos previstos en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y de una memoria que justifique razonablemente la elección del proveedor cuando la misma no haya recaído en
la oferta económica más ventajosa en los términos previstos en la presente convocatoria. Asimismo, y sin perjuicio de lo anterior,
revisará la lista de chequeo sobre el cumplimiento de la normativa de contratación pública que incluirá la relación de todas las
obligaciones previstas en la citada normativa, cumplimentada por la entidad beneficiaria y suscrita por su representante legal
conforme al modelo publicado en la web de la Agencia Andaluza de la Energía.
Estado representativo de la totalidad de gastos e inversiones
Se ha verificado el estado representativo de la totalidad de los gastos e inversiones incurridos en la realización de las
actividades subvencionadas, debidamente agrupados en una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad,
con identificación del acreedor y del documento justificativo correspondiente, su importe (desglosando base imponible e IVA),
detalle del concepto facturado, fecha de emisión y fecha de pago.
En el caso de desviaciones acaecidas respecto al presupuesto considerado en la concesión de la subvención:
Se ha verificado que la memoria económica incluye una justificación de las desviaciones acaecidas respecto al
presupuesto considerado en la concesión del incentivo.
Se ha verificado que la memoria económica no incluye una justificación de las desviaciones acaecidas respecto al
presupuesto considerado en la concesión del incentivo.

Relación de pedidos y/o contratos:
Se ha verificado la relación y la copia de los pedidos y/o contratos relativos a las actuaciones realizadas.
Se ha verificado que los pagos efectuados coinciden con el total de cada una de las facturas que se incluyen en la cuenta
justificativa, comprobándolo con los originales acreditativos de los gastos (de acuerdo con el artículo 30.3 de la Ley General de
Subvenciones) y con los justificantes de pago correspondientes (de acuerdo con la Instrucción 1/2013 de la DG. de Fondos
Europeos y Planificación por la que se establecen los requisitos aplicables al pago de gastos cofinanciados con Fondos
Europeos, y sus modificaciones). Estos documentos deben tener reflejo en la contabilidad del beneficiario.
Se ha comprobado que los datos de los documentos soporte coinciden con los datos de los documentos originales y con los
datos de la memoria de actuación. Los gastos e inversiones reflejados en la memoria económica se han clasificado
correctamente de acuerdo con el contenido de las bases reguladoras, especialmente en aquellos casos en que el beneficiario
se haya comprometido a una concreta distribución de los mismos.

Se ha comprobado que el beneficiario dispone de un sistema de contabilidad separada, o bien que la totalidad de los gastos e
inversiones relacionados en la cuenta justificativa se han imputado a un código contable adecuado a todas las transacciones
relacionadas con una operación, de acuerdo con el artículo 125.4.b) del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, “garantizar que los beneficiarios que participan en la ejecución de las
operaciones reembolsadas sobre la base de costes subvencionables en los que se haya incurrido efectivamente o bien lleven un
sistema de contabilidad aparte, o bien asignen un código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con una
operación”.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00290929

Se ha verificado que los justificantes de pago reflejan que los pagos se han realizado dentro de los plazos establecidos en la
resolución de concesión de la subvención y permiten garantizar la correcta pista de auditoría.